
En muchas oportunidades, los dueños o poseedores de un bien raíz deben iniciar juicios destinados a desalojar a personas indeseables de su propiedad, o bien a remediar situaciones de hecho que afectan sus derechos como propietarios. La ley contempla un amplio espectro de posibles acciones judiciales para cumplir esta finalidad. Sin embargo, es necesario saber cuál tipo de acción judicial o demanda procede en determinados casos, de acuerdo a las características particulares de la situación. En este artículo explicaremos las principales acciones que se pueden presentar ante los tribunales de justicia para recuperar una propiedad que está siendo ocupada ilegalmente por una tercera persona:
1.- La acción de precario: Esta acción se regula básicamente en el artículo 2195 del Código Civil, y es la que con mayor frecuencia se interpone en los tribunales para que el dueño recupere su propiedad. El supuesto esencial para presentar esta demanda es que el bien raíz esté actualmente ocupado por una persona que no tenga ningún título para ocuparla, y que esté allí por mera tolerancia o ignorancia de su legítimo propietario. Por ejemplo, la toma de un terreno es un caso típico de ocupación ilegal que habilita para presentar esta acción, dado que quienes realizan la toma no poseen ningún título ni contrato para permanecer en esa propiedad ajena.
2.- La acción reivindicatoria: Esta acción procede básicamente en los casos en que a propósito de un mismo bien raíz, haya 2 ó más inscripciones de dominio a favor de diferentes personas en el Conservador de Bienes Raíces. En Chile, la única forma de acreditar el dominio de un bien raíz es a través de la inscripción en el respectivo Conservador de Bienes Raíces. Por diversos motivos (por ej., por errores administrativos o porque se celebraron varios contratos de compraventa respecto de una misma propiedad), puede ocurrir que un mismo bien raíz tenga más de una inscripción a nombre de diferentes personas. En tal caso, quien pretenda ser el legítimo dueño del bien raíz deberá presentar la acción reivindicatoria en contra del poseedor inscrito del mismo bien.
3.- La acción restitutoria: Está acción judicial está asociada al incumplimiento de un contrato previo celebrado entre 2 ó más partes. Así, por ejemplo, en el caso del contrato de arrendamiento, si el arrendatario no paga oportunamente la renta convenida, el arrendador podrá interponer en su contra una acción para solicitar a un juez que declare la terminación del contrato de arrendamiento, y además una acción para obtener la restitución material del inmueble previamente arrendado.
5.- El recurso de protección: Esta acción judicial se regula en la Constitución Política y en un Auto Acordado dictado por la Corte Suprema de Justicia. Se trata de un mecanismo judicial que sólo excepcionalmente se puede utilizar para recuperar una propiedad, ya que generalmente los tribunales han señalado que esta clase de conflictos debe resolverse a través de alguna de las acciones civiles señaladas en los puntos anteriores. El plazo para interponer este recurso es bastante breve, no más de 30 días hábiles contados desde que se tomó conocimiento de la situación que afecta al inmueble.
6.- La acción penal por usurpación: El delito de usurpación está regulado en el Código Penal, que sanciona a quien ocupa una propiedad raíz de un tercero, en forma clandestina o violenta. Las penas asociadas a este delito son bastante bajas, y en algunos casos se limitan a una multa que se aplica al infractor. Sin embargo, interponer este tipo de acciones a través de una querella criminal puede servir como mecanismo para que el dueño recupere materialmente su propiedad, ya que en el proceso penal es posible alcanzar una salida alternativa con el querellado, produciéndose no sólo la intervención del juez, sino también la de un fiscal del Ministerio Público que puede auxiliar a la solución del conflicto.
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buenos días: que debo hacer para que se me restituya una franja 30 mtrs 2 los cuales fueron cercados por un comprador del terreno colindante con el mio.tengo todos los papeles al día y el terreno fue medido cuando se hizo la subdivision del mismo hace 8 años atras. Ademas, me echo abajo una cerca divisoria y elimino a mi perra (hubo una amenaza previa)..gracias
Hola Juan Pablo, lo que debes hacer es iniciar un juicio civil de «medianería» en el tribunal civil competente, el cual tiene por objeto determinar los límites de un bien inmueble. Asimismo, el Código Civil permite interponer una serie de «acciones posesorias» respecto de quien se vea turbado en la legítima posesión de un bien inmueble.
Que estés bien.
Una consulta,
Hace diez años mi hermanas vendió la casa que nos pertenecía, hizo que mi padre firmara un contrato por la venta de la casa por tan solo 10.000.000. No obstante al momento de generar el documento de la venta mi mi padre firmó, indicando que era profesor y que no tenía más hijos, siendo que él no sabía leer ni escribir, ademas al momento de que me hermanastra hiciera firmar a mi padre él sufría de demencia senil.. en ese entonces yo era pequeño y no sabía cómo reclamar a ahora que tengo la mayoría de edad me gustaría saber si se puede hacer algo al respecto para recuperar la propiedad!
Saludos…
Hola, lo que se puede intentar es presentar una demanda de nulidad absoluta del contrato de compraventa, por diversas causales, entre ella la de incapacidad absoluta del vendedor. El plazo de prescripción es de 10 años contados desde la celebración del acto o contrato. Saludos.
hola quisiera saber que puedo hacer y que penas ay para una persona que arrendo mi casa sin mi permiso..el caso es que yo de palabra le cedi una casa a un hijo para arriendo y ahora el la arrendo nuevamente y no me la quiere devolver..que debo hacer?..
gracias por su ayuda.
Hola Lucía, en Chile el contrato de arriendo sobre una cosa ajena es legalmente válido, por lo que no se puede atacar el contrato celebrado por tu hijo. Sin embargo, para recuperar la propiedad puedes presentar lo que se conoce en derecho civil como una demanda por acción reivindicatoria, que tiene por finalidad que el dueño recupere la posesión de un inmueble. Esa demanda necesita el patrocinio de un abogado. Saludos, esperamos que tengas éxito en tu caso.
Hola ,nesecito saber en que consiste dar por vendida la propiedad a un amigo ,lo que ocurre es que antes de separarme de mi ex este dio por vendida la cada a un amigo para no darme nada a mi ,ya divorciada hace meses sigo viviendo en la misma casa con mis 4 hijos y mi ex se conunico conmigo diciendo que la venta es falsa y que quiere recuperar su casa ahora ,mi pregunta el podra recuperar su casa ???
Hola, él no podría recuperar la propiedad, ya que fue quien origino el vicio de nulidad de la compraventa, al celebrar un contrato simulado. POr ende, se aplica a su respecto el principio de que nadie puede aprovecharse de su propio dolo. Sin embargo, otras personas, como usted misma, pueden demandar la nulidad de la compraventa que señala. Saludos.
Buenos días, arrende una parcela estaba toda destruida, y ahora que me sacrificado tanto la supuesta dueña, lo digo en ese tono ya que supe que no le pertenece, ahora que tengo todo arreglado me está pidiendo que me vaya, solo recién van dos meses, como y dónde puedo denunciar, además entra y sale cuando quiere, me grita que es su propiedad, y no lo es no tiene numeración tampoco, busca propiedades que estén sin moradores y se las deja para ella, gracias por favor una orientación estoy muy preocupada tengo mis humildes cositas en ese casa,
Hola, si firmó el contrato por escrito, y en el mismo se fijó un plazo, la arrendadora está obligada a respetar el plazo pactado. Si no se firmó un contrato escrito, usted en realidad no tiene la calidad de arrendataria, sino que se daría una figura de precario, donde es dificil acreditar la existencia del plazo de vigencia del contrato de arriendo. Saludos.
Hola, la vivienda del matrimonio de mi madre, del cual estaba separada de hecho, quedó en herencia posterior a la muerte de su esposo. Él habitó la vivienda hasta su muerte y dejó una hija, fuera del matrimonio. Ésta quedó ocupando la casa posterior a su muerte. Se inició el conflicto judicial para poder vender el bien raíz y mientras tanto la hija pagaría arriendo hasta desocupar la vivienda según la decisión del juez. Ella desocupó la vivienda, pero no entregó las llaves. El juez señaló que mientras no entregara las llaves se le seguiría cobrando arriendo (el cual no ha pagado) y se le descontaría de la parte que le corresponde cuando la vivienda se venda. Se le preguntó al juez que hacer pues la casa estaba desocupada y no se podía ingresar, pues estaba con llave y una cadena en la reja exterior. Señaló que no se podía ingresar en ella y que había que hacer un requerimiento para ser acompañado por un magistrado que autorizara el ingreso a la vivienda. El juez señaló que se comunicaría dentro de tres días para realizar el ingreso a la vivienda. Pasó más de unas semanas y no ha llamado y hoy, nos comunican que la vivienda ha sido tomada. La pregunta es qué hacer en este caso. Se trata de un allanamiento de morada o es un delito de usurpación. Qué pasos se deben seguir para recuperar el inmueble y poder venderlo finalmente.
Saludos y gracias de antemano
Hola, la vía legal para recuperar el inmueble es a través de un acción de precario contra los ocupantes de la propiedad (ante el tribunal civil correspondiente); eventualmente, puede configurarse también el delito de usurpación, el cual debe denunciar ante el Ministerio Público. Saludos.
Mi arrendataria avisó via email que dejaba depto. y firmamos orden de mudanza, se mudó y entregó llaves, no me dió término de contrato notarial, ni me habló más. Acto seguido arrendé depto. nuevamente. No sabía hasta ahora, que debía solicitar restitución de propiedad vía judicial!! en un caso así, en donde el arrendatario termina contrato anticipadamente!. Podría ser acusada de invadir propiedad?. Que penalidad tiene esto?.
Hola, en relación a su consulta, hay un abandono voluntario de la arrendataria de la propiedad, por ende no es necesario que usted solicite la restitución judicial. Tampoco hay riesgo de comisión de un delito. Saludos.
Consulta se han tomado mi propiedad y no quieren dejarla que puedo hacer ya que debo pagar mis dividendos y a la fecha estoy a punto de perder mi casa. Estoy desesperado porfavor pido ayuda. Gracias
Hola, por favor revise nuestro blog, donde tenemos un artículo en que se describen las acciones civiles y penales que puede ejercer el dueño de un inmueble que es afectado o perturbado en la posesión del bien raíz. Saludos.
Hola buenas noches queria haserle una pregunta resulta que yo vendi mi departamento pero de palabra en efectivo pero hay un pequeño problema que queria saber la persona que yo let venir El departamento quedamos en mutuo acuerdo de que me iva a pagar El resto que le faltava en cuotas y para hacer todos los tramites de bienes raices para que quedara a su nombre pero resulta que es persona todavia no me Manda es Plata para cambiar la propiedad de nombre y yo asepoco me entered que no han pagado la Luz y El agua desde que yo lo vendi la propiedad y la deuda que tienen de agua y de Luz es muy grande y estan colgado de la Luz hace 4 años que puedo hacer en esos casos podria recuperar mi casa si tienen esa deuda tan grande de la Luz y El agua la escritura todavia figura a mi nombre
Hola, las compraventas de bienes raíces «de palabra» no tienen ningún valor legal en nuestro país. Sólo deben hacerse mediante escritura pública y luego inscribirse en el respectivo Conservador de Bienes Raíces. En consecuencia, legalmente usted sigue siendo dueño y puede demandar la restitución del inmueble. Saludos.
Hola, mi padre tiene un terreno votado y me debe una pencion de 3.000.000 y se lo pedi por lo legal pero no haces nada ni la policia ni la fbi solo se an labado las manos unos con otros puedo ir a tomarme el terreno
Hola. La respuesta es negativa. La autotutela está proscrita en nuestro ordenamiento jurídico. Saludos.
Que acción debo seguir si una constructora ha tomado parte de mi terreno y el de mi vecino para construir un condominio?
Cuentan con profesionales en santiago?
Hola, hay distintas acciones que se pueden presentar, desde un recurso de protección de garantías fundamentales, o bien algunas de las acciones posesorias establecidas en el Código Civil, depende de las particularidades de su caso. Sí contamos con profesionales en Santiago, debe contactarnos a través de los medios indicados en nuestro sitio web.
Hola! qué acciones puedo tomar si el vecino que tomó parte de mi propiedad, después vendió la suya incluyendo mi terreno (y la inscribió en el conservador de bienes raíces)? la usurpación del terreno fue hace muchos años, mientras que la venta se realizó hace unos meses nada mas.
Gracias.
Hola, de acuerdo a los pocos antecedentes aportados, la acción judicial que debe ser interpuesta es la acción reivindicatoria (artículo 889 y siguientes del Código Civil), con el objeto de dejar sin efecto la inscripción practicada en el Conservador de Bienes Raíces por la venta anterior del terreno. El plazo máximo de prescripción de la acción reivindicatoria es de 10 años. Saludos.
Hola! Hace tres años vendí una propiedad y al día de hoy esta se encuentra abandonada y con riesgo de ser tomada, hay algo que pueda hacer legalmente para recuperarla?
Hola, dado que usted ya vendió la propiedad carece de toda derecho sobre la misma. El único camino para recuperarla es comprar de nuevo el mismo inmuble o bien hacer una resciliación de la compraventa anterior. Saludos.
Buenas tardes
Detrás del condominio en el que habito existe un terreno que en los años 30 fue una calle proyectada, la cual nunca se realizó. Años después fueron construidos dos condominios, uno a cada lado de la «calle» dejando este sitio eriazo a nuestras espaldas, el que contiuamente se ve invadido por gente que va a beber en la noche, se han producido robos e incendios. Nuestro condominio contrató a un especialista para que realizara la búsqueda del dueño, para poder comprarlo… lo cual fue infructuoso, ya que no existen registros actuales, por lo que deducimos que los dueños y herederos ya murieron o que definitivamente quedó en manos de Bienes Nacionales.
Como vecinos estamos aburridos de los problemas que nos genera, y al no saber a quien acudir, decidimos cercarlo en su entrada y su salida, así nos evitaríamos los problemas y aumentaríamos la seguridad de nuestras casas.
Mi pregunta es ¿que sanciones podemos tener si aparece un supuesto dueño ??
Hola, en el evento de aparecer el dueño de la propiedad cercada, éste debiera interponer las acciones civiles tendientes a recuperar la posesión del inmueble, y además podría interponer una demanda civil para ser indemnizado de los eventuales perjuicios que haya sufrido. Los hechos descritos no constituyen un delito en sede penal, ni generan alguna clase responsabilidad, aparte de la civil. Si el problema subsiste, es recomendable acercarse al Ministerio de Bienes Nacionales para regularizar la posesión del bien. Saludos.
Buenas noches:
Mi consulta es la siguiente.
Mi madre le arrendo una casa a un hombre (con contrato) pero quien vive en ella es su mamá no él. Además él nunca pago oportunamente. Se le pidió la casa de vuelta en junio de este año y luego de eso no dio más señales de vida, dejando a su mamá supuestamente abandonada en la casa. Nuestra consulta es, que podemos hacer, ya que esta señora se niega a irse.
De antemano muchas gracias por responder.
Hola, debe interponer la demanda de precario en contra de la ocupante de la propiedad ante el Juzgado Civil competente. Saludos.
llevo aproximadamente 4 años viviendo en una propiedad abandonada, en el momento de llegar a ella no contaba con nada mas que su estructura( techo, piso, alcantarillados etc) debí colocar desde las puertas, ventanas,llaves baño y cocina, instalación eléctrica, medidor de agua, calefont, etc… ya que en algún minuto contaba con todo esto pero era ocupada por un vecino para fiestas con exceso de drogas etc por lo que fueron robando todo de la casa, busque los dueños de esta propiedad en el conservador de bienes raíces pero la casa es la única que no cuenta con sus escrituras, solo encontré el avaluó fiscal de la propiedad a nombre de una constructora, me gustaría comprar esta propiedad alguna orientación que hacer..
Hola, el camino más rápido para que la propiedad quede inscrita a su nombre en el Conservador de Bienes Raíces consiste en comparecer al Ministerio de Bienes Nacionales, y acogerse al Decreto Ley 2695, sobre regularización de la propiedad raíz. Saludos.
hola,me llamo gabriel,y mi consulta es que yo compre una casa que tiene ocupantes ,los .ex familiares de la ex dueña que dijieron que saldrian en un plazo ue yo les di. el asunto es ue no salieron y debido a ello interpuse un precario sumario en ontra de ellos,si bien el tiempo a sido super extenso,ya a pasado 9 meses y se dictamino a mi ffavor pero ellos apelaron a la corte suprema y ahora debo esperar de nuevo un tiempo mas, eso me dijo mi abogado ,me gustaria saber si hay otra alterntiva que apresure la causa ya que no puedo creer ue estas personas tengan mas derechos que yo que soy el dueño
Hola Gabriel, conforme a los datos aportados, si el proceso se encuentra actualmente radicado en la Corte Suprema (suponemos por la interposición de un recurso de casación por la parte demandada), es posible solicitar HOY el lanzamiento de la propiedad, dado que el recurso de casación no suspende la ejecución de la sentencia recurrida (que sería la sentencia de segunda instancia). Lo anterior, conforme al artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
Por el contrario, si la causa actualmente está en la Corte de Apelaciones, debes esperar el resultado de la apelación para poder solicitar el lanzamiento de la propiedad.
Saludos.
hola quiero saber si bosques arauco puede incribir un terreno si esta con antecedentes judiciales de insurpacion ala propiedad tenemos la pocecion efectiva incrita en el concervador podriamos recuperar la tierra y tomar pocecion con un arriendo a terceros aunque halla pasado 20 años y allamos echo el especial de herrencia en este año puede una empresa millonaria tomar terrenos mal avenidos y apegarce ala ley agricola sin comprar porque no a comprado ni arrendado a nosotros podremos recuperarlo gracias
Hola, dada la complejidad del tema planteado le pedimos agendar una reunión presencial en los teléfonos indicados en nuestro sitio web. Saludos.
hola los felicito por la ayuda brindada espero su respuesta
Gracias, saludos.
Estimado/a distinguido/a,
Hace aprox. 20 años adquirimos un terreno y dado que ya había un cuidador habitando, asumimos el contrato de arriendo que los dueños anteriores tenían con el respectivo. Lamentablemente el hombre falleció y el contrato finalizó, pero su hijo sigue asentado en el terreno y se niega a firmar el nuevo contrato de arriendo que proponemos, pues especifica el abandono del lugar al momento que vendamos el sitio. Esto ha impedido la venta del terreno pues ningún comprador desea complicaciones de este tipo y en consecuencia continuamos con gastos en un terreno del que ya queremos deshacernos.
Muy agradecido por su tiempo,
Se despide atte.
Hola, en relación a su consulta, el contrato de arrendamiento de inmueble, si no es celebrado por escritura pública, termina automáticamente por la enajenación del inmueble, conforme lo dispone el artículo 1962 del Código Civil. Lo que corresponde es presentar demanda de precario contra el actual ocupante del inmueble. Saludos.
Hola buenas noche tengo un pariente que su padre adquiero una propiedad para siembra, al morir 1980 quedo su esposa y sus 7 hijos, luego la señora del difunto arrendo al año siguiente solo por palabra, la señora que arrendo no dejo que volviera la dueña, en 1986 aparece un nuevo dueño que según esta propiedad se la dejar por testamento después de un tipo la vendió la señora del difunto murió en 2012, solo quedando los hijos, hay alguna posibilidad de que los hijo recuperen esta propiedad
Hola, le pedimos formular su consulta con mayor claridad para asesorarla adecuadamente, asimismo puede pedir una reunión en nuestras oficinas. Saludos.
Hola, soy dueña de un terreno que dejaron mis abuelos, está inscrito a mi nombre en el conservador y tengo todos los papeles que avalan mi propiedad. El tema es que un tío siempre ha querido quedarse con ese terreno (es en rancagua y yo vivo en santiago, por tiempo no hemos hecho el cierro), ahora me cuentan que en mi terreno están edificando casas porque este tío «se adjudicó» el terreno. Es esto posible? Si realmente fue así como puedo recuperarlo? Si bien es cierto no me puedo hacer cargo de el ni habiltarlo, me interesa que no lo ocupen personas ajenas, o en su defecto venderlo.
Por su ayuda muchas gracias.
Hola, el único documento que acredita el dominio de un bien raíz es la inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Le recomendamos obtener un Certificado de Dominio Vigente del Conservador que corresponda, para que tenga claridad sobre quien es el propietario actual del inmueble. Le recomendamos también consultar en el Ministerio de Bienes Nacionales, para verificar que alguna persona haya tratado de regularizar el terreno a su nombre, por el Decreto Ley 2695. Saludos.
Hola, que ocurre si me ocupo el departamento que pertenece a mi abuelo pero también a unos sobrinos ya que es parte de una herencia, se configura el delito de ocupacion? ocupare la casa con la voluntad de mi abuelo pero no de los demás herederos. Nadie ha iniciado algun tramite para efectuar la posesion efectiva, ellos como podrian sacarme?
Hola, en el caso que indicas entendemos que no hay delito de usurpación, dado que tienes la calidad de heredera. La única forma de resolver la situación es que los demás herederos inicien un juicio de partición de los bienes heredados. Saludos.
hola buenos días,que puedo hacer si tengo un terreno que es herencia de mi padre y el falleció, y no tengo ningún documento que me acredite como dueña del terreno.
Hola, si el inmueble esta inscrito a nombre de su padre en el Conservador de Bienes Raíces, lo que corresponde es realizar la posesión efectiva de la herencia. Saludos.
Buenas tardes tengo un problema compre una casa la cual la visite previamente a la celebración del compromiso de compraventa y no había ningún inconveniente en dicho compromiso se establece que la casa será entregada en las condiciones para ser habitada . Ahora que me entregaron las llaves de la casa me encuentro que existen moradores que dicen haber arrendado la casa y cambiaron las chapas por lo cual el antiguo dueño no cumplió su parte ,cual es el procedimiento a seguir ?
Hola, usted puede iniciar 2 acciones legales: 1.- Una demanda civil por resolución del contrato, para que se deje sin efecto la compraventa, más la correspondiente indemnización de perjuicios; 2.- Una querella criminal por el delito de estafa, dado que eventualmente podría configurare dicha figura penal. Saludos.
Hola, Mi ex pareja esta viviendo en mi casa y no quiere desocuparla aun que ya cumplio el plazo que le di para desocupar, que pasa si voy y la saco por la fuerza??? tengo que hacer algún tramite legal o ir con carabineros??
Hola, «pasa» que es delito, específicamente el delito de violación de morada. Lo que debe hacer es iniciar un juicio civil por precario contra la actual ocupante de la propiedad. Carabineros no está habilitado para realizar desalojos sin una orden judicial previa.
hola hace años que Manuel mi ex marido tuvo antes que mi una pareja que le dio el usufructo de esa propiedad que era solamente de él para que viviera con sus hijos, el usufructo ya cumplió el plazo y ya no esta anotado al margen de la inscripción de la propiedad pero yo al divorciarme de él me dio por compensación esa propiedad.. ahora no se como sacarlos porque no se quieren ir que puedo hacer ????
Hola, la acción que tiene el propietario inscrito en contra de quienes ocupan el inmueble por su mera tolerancia se denomina «acción de precario», que es la que corresponde entablar en su caso, con el patrocinio de un abogado, ante el tribunal civil competente.
Soy dueña de un terreno y hace poco decidí cerrarlo, pero antes un topo grafo lo midió y este dijo que el vecino tenía parte de mi terreno, los cuales corresponden a 4 metros. Pensaba en construir pero no quiero hacerlo ahora, por el mismo motivo.¿Qué debo hacer?.
Hola, en relación a su consulta, debe interponer una demanda de medianería ante el tribunal civil competente, a fin de que se determinen con exactitud los deslindes de su propiedad. Saludos.
Hola quiero hacer una denuncia a la vecina que usurpo y robó enseres y herramientas por valor superior a $15.000.000 de propiedad del vecino Carlos Montenegro, no conforme con ello arrendó la propiedad ella se llama Verónica y vive en La Tirana 2349 de Calama, supe también que se apropio en forma ilegal de otra casa de un anciano con engaños, esta estafadora arrienda piezas, esta denuncia es para que tengan cuidado con esta señora.
Estimado, las denuncias por posibles delitos debe hacerlas ante las instituciones que corresponden, es decir: Ministerio Público, Juzgados de Garantía, Policía de Investigaciones o Carabineros de Chile. Saludos.
Hola, quiero hacer la siguiente consulta. Mi tio se compro un terreno en otra ciudad. Lamentablemente, dos veces se han «tomado» esa propiedad, porque no hay nadie que la cuide. Se contrato a un abogado para desalojar a esa gente, por un accion de «Comodato Precario». Al abogado se le cancelaron anticipadamente sus honorarios y mi tio quedo satisfecho con el trabajo que realizo. Desafortunadamente, volvieron hacer una «toma» de su propiedad. Se contrato al mismo abogado, y se le pagaron anticipadamente sus honorarios, tal como la vez anterior para que desalojara a todas las personas que estuvieran en ese terreno. Esta segunda vez, era una pareja con ninos pequenos. Se le envio al hombre, una carta para que se presentara en el juzgado. No lo hizo. Luego el abogado recibio una carta donde la mujer decia que era «ella» la persona que se habia apropiedado de ese terreno, que por cierto cuenta con una casa. Segun los vecinos, ella estaba segura que el juez actuaria a su favor por ser madre soltera y asi quedaria ella con la propiedad. Se le envio una carta a nombre de la mujer para que se presentara al juzgado, pero luego ella desistio y entrego el terreno sin ningun problema. Lamentablemente, ahora el abogado exije que se le «cancele» sus honorarios, pues el hecho de haberle enviado una carta a la mujer, segun el, ese seria «otro caso». Consideramos que el abogado esta vez esta actuando sin ninguna honradez, porque se trata del mismo caso, solo se cambio a nombre de la mujer. Por que esta exigiendo ese nuevo pago? ademas jamas informo que el hecho de enviar una carta a la mujer, se tendrian que pagar nuevos honorarios.
Por favor, orienten a mi tio. Gracias
Hola, en relación a su consulta, el abogado es un mandatario judicial, a quien se le encargó por sus clientes la obtención de un resultado, en este caso, la restitución de la propiedad señalada. En tal sentido, en base a lo informado por Ud., él realizó gestiones tendientes a obtener dicho resultado, con la única salvedad que fueron gestiones extrajudiciales, las que tuvieron éxito. En consecuencia, en nuestra opinión corresponde que se paguen los correspondientes honorarios al profesional. El monto de los mismos quedará entregado a los términos del acuerdo celebrado entre las partes. Saludos.
Hola Mi nombre es Octavio arrendamos a una persona nuestro departamento la cual dejo de cancelar hace ya 7 meses le hemos pedido que deje nuestro departamento y esta persona se niega, actualmente ella tiene deudas con agua potable pero se las arreglo para tener agua (intervino la matriz) Consulta como seria al formalidad legal para que judicialmente recuperar nuestro departamento? tramites a hacer?
Hola, en relación a su consulta, debe interponer la demanda de terminación del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas ante el tribunal civil competente, para lo cual necesita el patrocinio de un abogado. Saludos.
Hola, tengo una persona quien lleva mas de 2 años arrendando, hace mas o menos 9 meses no paga el arriendo y menos el agua, esta arreglo el medidor del agua por lo que tiene ese suministro todavía, ahora desde ese tiempo le estoy solicitando que me devolviera el dpto ella no tiene intenciones de dejarlo, porque no tiene otro lugar y no quiere buscar, no hay contrato de arriendo de por medio.
agradecería me orientaran.
Hola, si no hay contrato de arrendamiento escrito, lo que corresponde es interponer la demanda judicial por precario ante el tribunal civil competente. Saludos.
hola,,,, gane el juicio,, y el arrendatario moroso se tiene que ir en julio. Como recupero las llaves de la casa?
Hola, en relación a su consulta, debe iniciar el cumplimiento incidental de la sentencia definitiva, solicitando al tribunal que decrete el lanzamiento del arrendatario moroso, con auxilio de la fuerza pública. La diligencia de lanzamiento se lleva a efecto mediante un receptor judicial. Saludos.
Hola, mi hermano compro un departamento que arreglo para venderlo, al momento de ir a mostrar el departamento al posible comprador, descubrió que lo había ocupado una pareja, los que desalojo pero volvieron a ingresar una vez que el se fue, perdiendo la venta del departamento.
¿Como puede sacar a estas personas de la propiedad y recuperar la misma?
Gracias
Hola, el mecanismo correspondiente es presentar la demanda de precario o comodato precario en el tribunal civil competente, con el patrocinio de un abogado, saludos.
Hola, mi consulta es la siguiente: mi tío es dueño de una propiedad a la cual se le asignó un nuevo número por haberla dividido en dos partes, o sea, pasó a ser 7290 y 7290A. Ésta última está destinada al comercio, tiene su patente y todo. El tema es que mi tío conoció a una pareja de haitianos con sus bebés a los cuales quiso ayudar, por lo cual acordaron que les dejaría este local para que vivieran por mientras buscaban algo mejor, y pagaban a cambio $70.000. Se les daba recibo de cada mensualidad pero no había ningún contrato de por medio. El problema es que debido a que ellos no se han portado bien con el cuidado de la propiedad y han abusado de la amabilidad de mi tío éste los quiere desalojar, pero no sabe cómo.
Agradecería mucho su ayuda! Gracias
Hola, de acuerdo al Código Civil los actos y contratos que se refieran a obligaciones por un monto superior a 2 UTM deben constar por escrito, no pudiendo acreditarse el contrato por testigos. Desde esta perspectiva, las opciones que tienen son la de demandar la terminación del contrato de arriendo del inmueble, o bien presentar una demanda de precario. Ambas acciones judiciales requieren el patrocinio de un abogado. Saludos.
Buenas tarde, resulta que atras de mi casa hay un sitio baldio enorme, el cual actualmente solo sirve para que personas inescrupulosas boten escombros… mi consulta es la siguiente, ¿podría con algún permiso municipal hacer uso de terreno? de antemano muchas gracias.
Hola, en relación a su consulta, el único que puede autorizar válidamente el uso de un bien inmueble es su dueño, es decir, la persona a cuyo nombre está hecha la inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Si el inmueble tiene el carácter de bien fiscal o bien nacional de uso público, su uso y administración corresponde al Ministerio de Bienes Nacionales. Finalmente, si el bien tiene el carácter de municipal, su uso y administración corresponde al municipio respectivo.
Hola, me separé hace tres años y obtuve la tuición de mi hijo. Mi ex esposa sigue viviendo en mi casa (comprada previa al matrimonio y casados con separación de bienes) y deseo recuperar la propiedad para que podamos vivir en ella con mi pequeño. ¿Que debo hacer?
Hola, si el matrimonio ya se disolvió por una causa legal, y no existe tampoco ninguna clase de contrato celebrado respecto del uso de la propiedad, entonces la acción que corresponde entablar es la «acción de precario», con el patrocinio de un abogado, ante el tribunal civil competente, saludos.
¿Como puedo recuperar el derecho a goce sobre una propiedad que ha sido tomada por la descendencia del otro dueño fallecido?
Hola, con los escasos antecedentes aportados es imposible darle una respuesta adecuada, saludos.
Si se inscribe en el CBR correspondiente el 50% de los derechos heredados sobre un inmueble, y luego se constata en terreno que la propiedad esta siendo ocupada por uno de los hermanos de el fallecido dueño del otro 50%, quien prohíbe la entrada sin haber realizado inscripción alguna, sólo invocando de palabra ser heredero forzoso, hecho que no consta en el inventario de bienes de la posesión efectiva. ¿Cómo es posible recuperar el derecho a uso y goce de los derechos que se poseen sobre el inmueble?
Buenas tardes, mi madre tiene un terreno el cual lo arrendo a una pareja que trabaja haciendo bloques , firmaron una contrato simple en notaria el cual estipula que en caso de venta tiene que desalojar, hoy en dia le esta pidiendo el terreno ya no pagan como hace 2 meses y tampoco los recibos de agua, dice que no tiene donde irse y que lo ampara una ley para los arrendatarios, que puede hacer mi madre en este caso?? atento a sus respuesta.
Hola, deben presentar la demanda de terminación del contrato de arriendo por no pago de las rentas ante el tribunal civil competente, saludos.
Buenos días. Posterior a un juicio precario y el desalojo de las personas, quedan las deudas por consumos básicos (luz, agua, aseo). De que forma puedo exigir que paguen los montos adeudados? dentro del mismo juicio precario, o debo efectuar otro juicio y/o demanda?
Hola, para el cobro de las deudas que indica, debe iniciar un nuevo juicio ante el tribunal civil competente.
hola estimados mi esposa arrendo una casa y tuvimso conflicto con el dueño y nos da miedo que nos va apedir la casa de una como hacemos para no lo dejamos pedir la casa al tiro tenemos contrato hasta febrero 2018 no hemos faltado un pago y otra cosa es verdad podemos registar l contrato en consevador de bienes rais asi nos proteja? gracias por surespuesta
Hola, el plazo de celebración del contrato obliga a ambas partes, por lo que no es posible que les pidan anticipadamente el inmueble arrendado, mientras cumplan sus obligaciones derivadas del contrato, particularmente la obligación de pagar la renta.
Hola, tengo una consulta, tengo una casa en la ladera de un cerro, dentro del año que pasó 2 familias se tomaron el predio contiguo (ubicado cerro arriba), el problema es que estas personas llegaron en forma clandestina y evacuan sus desechos (aguas servidas) cerro abajo, por lo cual el terreno ha cedido provocado un derrumbe sobre mi propiedad, no puedo demandarlos de precario… (porque yo no soy dueño del predio que se ha ocupado), ¿puedo forzar al dueño para que remueva a estas personas (los demande de precario)?, si quiero indemnizaciones por los daños a mi casa ¿a quien demando, al dueño del predio o a las personas que motivaron los daños?, graciassss!
Hola, debe interponer algunas de las acciones posesorias que se describen en el Código Civil, para lo cual requiere la asesoría de un abogado.
Buenos días quisiera saber cual es el procedimiento que se debe realizar con personas que entraron a un terreno y están construyendo y no son los dueños, el terreno se va a lotear y ellos no quieren salir según información que se maneja están presentando documentos en bienes nacionales.-
Y necesitamos contactarnos con ustedes desde La Serena.- Gracias
Hola, toda construcción nueva requiere el respectivo permiso de obras de la Dirección de Obras Municipales, por lo que puede hacer la denuncia ante el municipio o juzgado de policía local respectivo.
Hola, tengo una consulta.
vivo en una casa que tiene un terreno colindante frente a ella que esta solo, mis vecinos nos preguntaron si se podían tomar ese frente para poner otra casa. No nos negamos a su pedido y ya están construyendo.
hice mis consultas pertinentes en bienes raíces y ese terreno que se están tomando pertenece a la municipalidad, para proyectos de áreas verdes.
mi consulta es : ¿cuando la municipalidad llegue a «poner sus áreas verdes» desaparecerá la casa?
¿que posibilidades legales tengo ahora para anteponerme a la toma?
Hola, quien debe iniciar las acciones legales respectivas es la Municipalidad que corresponda, usted sólo puede denunciar la situación ante la Municipalidad.
Hola, mi consulta es que soy Cesionario del Derecho de Herencia en una Parcela, la cuál tiene una Causa de Acción Reivindicatoria que comenzó el año 1995 un heredero de la Sucesión que figuraba cómo Representante Legal, pero la otra parte alegó abandono de procedimiento, ahora hace 2 años pedí el Desarchivo de ésa Causa y deseo llevar adelante la Causa contra la persona que adquirió un Lote resultante de la Subdivisión que hicieron los titulares de la Parcela colindante, en la cuál se pasaron a llevar los deslindes que figuraban en los Títulos Originales de la Parcela de la cuál figuro cómo Cesionario, siendo en ésa época menor de edad no así poder hacerme parte, de tal manera que se comprometió la cabida de la Parcela, por lo tanto puedo hacerme parte de ésa Acción Reivindicatoria que comenzó el heredero de ésa Sucesión que es mi PADRE??, de ser así se pueden restituir los dominios a ésta Parcela??
Hola, su consulta tiene un nivel de complejidad mayor, le pedimos concertar una entrevista en nuestras oficinas.
Estimados, mi consulta es la siguiente hay gente viviendo en mi departamento hace 3 meses sin contrato ni nada y no dijeron que no se van a ir, como puedo sacarlas??
Saludos
Hola, debe presentar la respectiva demanda de precario ante el tribunal civil competente, para lo cual requiere el patrocinio de un abogado.
Hola, nuestro caso es el siguiente; tenemos unos terrenos, parte de los terrenos mi suegra, que es la dueña los vendió, a dos compradores distintos, o sea dividió su terreno, estos terrenos son de una sociedad en donde ella participa, uno de los compradores de la parte de mi suegra, ocupa una gran parte de su terreno construyendo una casa enorme, dejó en esa casa a su ex compañera, y su hijo, les hemos pedido hace unos años por las buenas que se vayan y que boten la casa, pero no lo hacen, no se quieren ir, y nosotros queremos ir a construir al terreno, le pagamos a un abogado pero este hace tres meses no ha hecho nada y no responde el teléfono, estamos desesperados porque no sabemos como solucionar este problema, esta persona no se quiere ir y dijo que va a peliar por la casa que su ex construyó en nuestro terreno que es vecino al suyo, en su terreno tiene arrendatarios, por favor orientennos un poco y si es posible contar con sus servicios, cuanto se demora, nos quedamos con el otro abogado esperando que conteste porque ya le pagamos? . Mil Gracias desde ya!
Hola, en principio, lo que procede es presentar la demanda de precario ante el tribunal competente, pero como se trata de una situación que tiene algunas características más complejas, le pedimos concertar una reunión en nuestras oficinas para darle un análisis más detallado de la situación.
Buenas noches quisiera saber que acciones debo tomar si un sujeto se tomo mi propiedad y cuando fui a pedir explicaciones me amenazo con balazos y no quiere irse por buena manera.
Hola, la acción por el conflicto civil que se debe presentar es la acción de precario. Por el tema penal, debe presentar denuncia o querella por el delito de amenazas, saludos.
Hola, mi abuela posee a su nombre 2 terrenos, vive en uno y en el otro ( a unas cuadras) viven los hijos de su segundo marido desde hace mas de 20 años, mi abuela quiere recuperar ese segundo terreno y venderlo para cubrir gastos médicos. Las personas que hacen uso de ese terreno ( sin pagar absolutamente nada a mi abuela nunca) poseen algún derecho sobre el terreno ?
Hola, si no son hijos de su abuela, y si además no han celebrado un contrato para lograr la ocupación del terreno, no tienen ninguna clase de derecho sobre el mismo. Saludos.
Hola buenas noches, tengo mi casa arrendada hace muchos años los arrendatario me dicen que la quiere comprar hasta el día de hoy se niegan al contrato de arriendo ya que aun no quiere concretar la compra. De la casa. Como los puedo sacar
Gracias
Hola, debe interponer una demanda de precario, me remito a las comentarios anteriores del blog, donde he analizado detalladamente este tema. Saludos.
Hola buenos días, quisiera saber si mi mamá puede recuperar una propiedad, la cual la ocuparon unos tíos y abuela por muchos años. Hoy en día queda vivo solo un tío, el cual la puso a su nombre. Hoy queremos ver la forma de recuperarla.
Hola, con la vaguedad de los datos aportados es imposible darle una respuesta a su consulta. Saludos.
Primero que todo mis cordiales saludos,una familia se tomo mi casa,ya llevan 4 meses ahi,son muy violentos tienen orden de alejamiento por lo cual no me puedo acercarme a mi casa,el tipo estuvo reuniendo firma con los vecinos para decir que la casa no era ocupada,por otra parte,policia me dijo que una de las formas de recuperarla es;esperar que no hubiese nadie en el domicilio y con un cerrajero abrir,y cambiar la chapa, no se los riesgos que esto pudiera ocasionarme legalmente,no puedo esperar 1 año a q tribunales resuelva,,que otra medida tomar? muchas gracias
Hola, de seguir la recomendación de Carabineros puede originarse una denuncia en su contra por el delito de violación de morada, incluso si usted es el dueño del inmueble. Saludos.
hola, tengo un terreno en la playa, el cual fue tomado me dicen que si llevan mas de 5 años viviendo ahi, yo puedo perder mi terreno, quisiera saber si eso es asi
Hola, lo que puede suceder en el caso que indica es que el ocupante pida la regularizacion de la posesión del inmueble ante el Ministerio de Bienes Nacionales, lo que de resultar favorable podría conllevar que a la larga el terreno quedara inscrito a nombre del actual ocupante. Saludos.
Hola. Mi padre compro un terreno(5000 m2) el año 2015 y ya lleva 2 años construyendo su casa. Hace unos dias revisamos la escritura y notamos que el terreno que le vendieron fue otro. Ahora no sabemos como proceder para regularizar esto.
Algun tip o recomendacion?
Saludos.
Hola, la forma de regulizar lo que usted indica es mediante la realización del tramite de regularización de la propiedad en el Ministerio de Bienes Nacionales, saludos.
Hola:
Hace aproximadamente hace 1 año le pasamos la casa a una persona para que la cuide, el solo debía pagar luz, hace algunos días fui a revisar y el no había pagado nada, por lo que me trate de poner en contacto con esta persona, pero desapareció, ahora me entero por terceros que la casa el se la paso a otras personas sin la autorización mía. no existe contrato de por medio. He leído y creo que tengo que poner una demanda por precario, ¿para eso necesito contratar un abogado? y ¿se demora mucho el juicio y tramite para que me entreguen la casa? lo otro yo vivo en temuco y la propiedad se encuentra en puerto montt, los tramites para esta demanda los debo iniciar en puerto montt, o los puedo iniciar en temuco?
Muchas gracias-
Hola, respecto de su consulta, le informo que efectivamente necesita el patrocinio de un abogado para poder presentar la demanda de precario. La duración del juicio es variable y depende de muchos factores, entre ellos la celeridad con que actúe su abogado, y por otra parte la reacción de las personas demandadas. El juicio debe ser iniciado en Puerto Montt, ya que de acuerdo a la ley el tribunal competente es el del domicilio del demandado. Saludos.
DESPUÉS DE GANAR EL JUICIO PRECARIO TENGO QUE ESPERA QUE EL QUE OCUPO EL DEPARTAMENTO ME ENTREGUE LA LLAVE, YA LO DESOCUPO PERO NO PUEDO ENTRAR POR ESTE MOTIVO QUE DEBO HACER
Hola, en relación a lo consultado, debe solicitar al tribunal civil competente que la autorice a ingresar a la propiedad, gestión que debe ser realizada junto con un receptor judicial. Saludos.
hola mis hermanos y yo somos herederos de un terreno de villa alemana pero no hemos hecho la posición efectiva mi madre falleció hace casi 18 años pero las contribuciones las hemos pagado siempre mis hermanos y yo no llegábamos de acuerdo que hacer con el terreno, y ahora estamos haciendo los tramites de la posición efectiva ,hemos ido a ver el terreno varias veces, y ahora ultimo encontramos gente que se tomo el terreno mi hermana hablo con ellos ,y no quieren irse ,nos podría orientar que debemos hacer muchas gracias.
Hola, en relación a su consulta, deben realizar la partición de los bienes de la herencia, a través de una escritura pública, o bien de un juicio arbitral. Luego de ello, cada hermano será propietario de un lote determinado, pudiendo interponer sólo en ese momento la acción de precario tendiente a desalojar a los ocupantes del terreno. Cabe señalar que para todos estos trámites requieren la asesoría y patrocinio de un abogado de su confianza. Saludos.
si el titular del contrato de arriendo se va sin aviso de la propiedad y deja a su hijo sin avisar puedo como puedo hacer para finalizar ese contrato y que se retire de mi propiedad (no han dejado de pagar el arriendo) como debo actuar es legal lo que hizo el arrendador ? debo darle los meses por los año que vivio allì igual?me pueden ayudar necesito recuperar mi casa luego para vivir…
Hola, en la hipótesis que comentar el contrato de arrendamiento terminó, por cuanto el bien arrendado fue destinado para un objeto distinto de aquel que se tuvo a la vista al tiempo de celebrar el contrato. Es decir, el fin del contrato es que la persona A viviera en el inmueble, si luego de ello A abandona la propiedad y deja viviendo a B, no se cumple el fin del contrato, ya que incluso sería una forma velada de realizar un subarrendamiento. Debe demandar la terminación del contrato de arriendo ante el juzgado civil competente, y luego solicitar el desalojo del inmueble. Saludos.
Hola, tengo la siguiente consulta, voy a comprar un terreno en el que vive una señora casi de la tercera edad que se tomó el terreno, con este antecedente cuánto tiempo podría tomar una denuncia de precario para poder desalojarla ? Los dueños actuales también son personas de avanzada edad que por omisión nunca han hecho nada por desalojarla. Que pasos me recomiendan seguir.
Gracias por la ayuda
En primer lugar, no es denuncia, sino que debe presentar una DEMANDA ante el juzgado civil competente, una vez que ud. adquiera el dominio del inmueble.
La tramitación del juicio de precario requiere patrocinio de abogado, y la duración del juicio es variable, entre 6 meses a 3 años, aproximadamente. Saludos.
Hola, tengo un problema. Resulta que tengo una casa con deuda hipotecaria aun me quedan unos años, pero que puse a la venta. Una compradora apareció diciendome que tal fecha ella tenia el dinero y cometí el error de pasarle la casa mientras obtebia el dinero. El problema que se atraso todo y en vista que tiene para rato le pedi la casa, a lo que ella se negó. Lleva como dos semanas en mi casa. No hay nada firmado, no hay contrato de compraventa, ni arriendo, mi pregunta es que debo hacer para recuperar mi casa. Espero pueda aclarar un poco mi dudas estoy desesperado. Gracias
Hola, le respondimos su consulta mediante correo electrónico, saludos.
Hola, una consulta, un terreno fue confiscado por el tema de lavado de dinero, la dicrep lo iba a rematar pero tuvo que suspender el remate porque el sitio fue tomado por varias familias. Qué se hace en este caso? si el dueño, al que le confiscaron el terreno, está preso y ya no es dueño? cómo detener la toma que al final trae pobreza en el entorno, además de incertidumbre ya que nada es legal.
Hola, en estricto rigor, la circunstancia de que haya ocupantes ilegales en un inmueble embargado no es causa legal para suspender un remate, ya que será el adjudicatario de la propiedad quien deba resolver por su cuenta el problema de la ocupación ilegal, presentando después de la adjudicación la demanda de precario ante el tribunal civil competente. Mientras no se haga el remate, obviamente el inmueble sigue a nombre de su anterior propietario, y corresponderá al demandante pedir una nueva fecha de remate. Pero, como le señalamos, en estricto rigor, la solución del problema de los ocupantes ilegales del terreno es de cargo de quien se adjudique la propiedad en el remate. Saludos.
Buenas tardes, tengo inscritos los derechos correspondientes al 50% de la propiedad sobre un inmueble, el cual actualmente esta siendo ocupado por uno de los «supuestos» herederos del fallecido dueño del otro 50%.
Mi consulta es si puedo iniciar un juicio de partición, independientemente de que los herederos del otro 50% no hayan realizado la posesión efectiva ni inscripción de sus derechos de herencia sobre este inmueble. Quedo atenta a sus comentarios. Gracias
Buenas tardes, el año 2017 compramos una propiedad la cual tiene 11mt de frente pero al medirlo hay solamente 8 mt ya que el vecino construyo una habitacion en ese lugar. Que se debe hacer para recuperar nuestro terreno. Cabe señalar que nuestra propiedad esta inscrita en bienes raices y municipalidad
Hola, en este caso no hay una disputa sobre un ocupante indebido de la propiedad, sino más bien el conflicto dice relación con los deslindes y superficie que tiene cada bien raíz. En tal caso, cuando hay dudas sobre los límites que existen entre 2 propiedades, el procedimiento que se debe seguir es el de medianería, que debe tramitarse ante un tribunal civil, con el patrocinio de un abogado. En dicho proceso judicial se busca definir con exactitud los deslindes de cada propiedad. Saludos.
Buenas tardes, tengo inscritos los derechos correspondientes al 50% de la propiedad sobre un inmueble, el cual actualmente esta siendo ocupado por uno de los “supuestos” herederos del fallecido dueño del otro 50%.
Mi consulta es si puedo iniciar un juicio de partición, independientemente de que los herederos del otro 50% no hayan realizado la posesión efectiva ni inscripción de sus derechos de herencia sobre este inmueble. Quedo atenta a sus comentarios. Gracias.
Buenos días quería saber como puede hacer mi suegra para desalojar a unas personas que ingresaron a su vivienda sin permiso, esa vivienda ella lo adquirió x subsidio y le costó mucho tener su casa, estas personas se aprovecharon porque mi suegra no vive allí ya que le queda muy lejos de su trabajo pero ella siempre está llendo a hacer el aseo y estas personas se aprovecharon y rompieron el candado de la puerta e ingresaron y se quedaron a vivir allí, ahora utilizan los muebles que ella tiene alli y encima consumen la luz y el agua que a fin de cuentas es ella quien lo pagará ya que los recibos llegan a nombre de ella por ser la propietaria y dueña y esas personas no quieren salir ya hace 2 meses que ellos están viviendo en la casa, como debe de hacer, a donde debe de ir y pedir ayuda o solo debe de ir con carabineros ella tiene mucho miedo porque se sintió intimidada por estas personas ya que no tienen intendente salir de la casa como puede hacer para que desalojan a esas personas ella esta muy angustiada con todo esto, le pido pueda orientarnos en todo este tema, muchísimas gracias desde ya x la atención prestada.
Hola, respecto de su consulta, pueden intentar 2 caminos judiciales: el principal, presentar una demanda por precario ante el tribunal civil competente, con el patrocinio de un abogado; el segundo camino es presentar una denuncia o querella criminal por el delito de usurpación. Saludos.
Hola
Mi nombres es Víctor, construí una casa en un terreno rural (de 1.200 mts. cuadrados) para arrendar, y hace como 5 meses que no me pagan el arriendo, además las personas que viven allí no se quieren ir.
Por otra parte, el terreno lo adquirí por cesión de derechos- mediante una escritura publica – ( la luz y el agua, en la actualidad están a mi nombre). Aún no he podido sanear el terreno ante bienes nacionales, porque han transcurrido menos de 5 años desde que adquirí los derechos, no obstante he construido cercos y tengo una pequeña cabaña en el predio ( donde vivo yo) a parte de la casa que arriendo
¿ Como puedo hacer para que los inquilinos desalojen la casa que les arrendé? ( considerando que el predio aún no está inscrito en el conservador de bienes raíces de Puerto Varas)
le pido pueda orientarnos en este tema, muchísimas gracias desde ya por la atención prestada y buena disposición…
Hola, el problema que se vislumbra en este caso es que usted al parecer compró derechos sobre un inmueble, y no un inmueble concreto. La venta de bienes raíces rurales exige una cabida del inmueble no inferior a los 5000 mts cuadrados. En ese sentido, usted no es dueño del terreno que dio en arrendamiento, sólo es un comunero más entre todas las personas que han adquirido derechos sobre el mismo bien raíz. Al parecer, dicha venta sería irregular, porque correspondería a lo que se conoce como loteo irregular, que es una figura delictual que hemos explicado en uno de los artículos de nuestro blog. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier comunero puede realizar actos de adminsitración sobre los bienes comunes, y en ese entendido podría usted demandar la restitución del inmueble en nombre de la comunidad, ante el tribunal civil competente. Saludos cordiales.
Holas buenos dias queria consultarle lo sgte. Mi suegra adquirio una casa social por subsidio a nombre e ella ante el serviu hace aprox. 30 años, ella tuvo que desalojarse de ahi, no eran casados con mi suegro y el tema es que mi suegro era partidario politicamente de la derecha y en ese lugar era la mayoria de izquierda, sufrieron amenazas asi que se fueron, ella estuvo revisando el rol de su propiedad y todavia aparece a nombre del serviu y la casa esta ocupada por terceras personas, tendria que ir primeramente al serviu para ver en que estado esta la propiedad? La idea es recuperar su casa ya que vimos que no esta inscrita en el conservador por ningun tercero y una vez que pueda inscribirla el el cbr poder entablar una demada precaria para desalojar a las personas que la habitan.
Hola, lo que usted señala es correcto, deben conseguir el título de la propiedad para que sea inscrita en el CBR. Ese título puede ser una escritura pública, una sentencia judicial, o bien una resolución administrativa. Si logran la inscripción de la propiedad, efectivamente luego de ello pueden presentar la demanda de precario, saludos y éxito!
Hola,di en arriendo una propiedad,por un ano, el contrato estipula fecha de cese y dice No Renovable,el arrendatario,ya cumplida la fecha de cese,y habiendole avisado verbalmente al firmar el contrato,ahoraquiere continuar.No hubo acuerdo en el nuevo canon como para hacer un nuevo contrato.Ahora se niegan a dejar la propiedad.Accion a seguir ? necesito abogado?
Hola, la demanda que debe presentar es la de «restitución del bien arrendado por expiración del plazo», la que se encuentra regulada en la Ley N° 18.101, y se rige por las normas del procedimiento sumario. En cuanto a la segunda consulta, sí, efectivamente necesita contar con los servicios de un abogado que lo asesore en dicho juicio. Saludos.
hola, hace un año mi tío les vendió una propiedad a mi padre y a mi otro tío, la venta se hizo en una notaria y fue inscrita en bienes nacionales. ahora, el hijo de mi tío dice que nos demandara por habernos «aprovechado» de su padre por una supuesta demencia que el tiene, cosa ilógica, ya que el mismo nos llevo a la notaria y pose carnet de conducir al día. mi tío actualmente vive en la propiedad que vendió. el mismo le ha dicho que vendió el terreno porque quería disfrutar los últimos años que le queda. pero su hijo insiste en que lo estafaron y que le hará una demanda a los hermanos de su padre… de ser así, se puede perder la propiedad?, ya que se le pago y compro dicha propiedad. hay algún documento que pueda hacer para respaldar la venta aparte de la ya hecha?
Hola, los actos jurídicos se presumen válidos, quien alega la nulidad debe probar la causal respectiva. En consecuencia, corresponde al hijo de su tío acreditar la supuesta demencia del vendedor, para lo cual él debe presentar una demanda de nulidad del contrato ante el juzgado de letras competente. En relación a la consulta, no hay ningún otro documento que sirva para respaldar la venta efectuada, ya que el análisis de la situación mental del vendedor se realiza según el estado en que él se encontraba al tiempo de efectuar la venta. Saludos, si tiene mayores dudas no dude en contactarnos a través de nuestros teléfonos o redes sociales.
Buenas tardes, quisiera saber que se puede hacer en el siguiente caso: una corporación sin fines de lucro adquirió un bien raíz en el año 1983 el cual se dividió en 52 lotes, y se quiere vender uno de esos lotes; el problema es que si bien antes en el certificado de dominio vigente aparecía como única dueña dicha corporación desde el año 2010 en adelante aparece como dueños la corporación y una persona natural que fue socia hace muchos años atrás. ¿Qué se puede hacer para que vuelva a aparecer sólo dicha corporación y así poder enajenar el bien raíz?
Hola, en relación a su consulta, si una propiedad aparece inscrita a nombre de dos ó más personas en el Conservador de Bienes Raices, ello significa que ambas personas tienen derechos sobre el bien raíz. Las inscripciones se efectúan en razón de títulos que son presentados ante el Conservador, como una escritura pública, una sentencia judicial ,etc. En consecuencia, la única posibilidad de dejar sin efecto una inscripción vigente es a través de un juicio previo. Para mayor información, le pedimos agendar una reunión en nuestras oficinas, saludos.
el depto donde vivo resulto rematado por que dueño no pago los dividendos, me puede desalojar el nuevo dueño con un juicio precario, cuanto demora esto, muchas gracias
Hola, en relación a su consulta, efectivamente el adjudicatario del remate, es decir, el nuevo dueño, puede presentar una demanda de precario para obtener el desalojo de la propiedad. Los tiempos de tramitación del juicio son variables, y dependen de la actitud procesal que usted adopte como demandado. Saludos.
Hola, ¿qué ocurre si le cedí la administración de una propiedad que está a mi nombre a otra persona y ahora quiero recuperarla pero esa persona tiene en su posesión todos los papeles y documentos oficiales y no me los quiere entregar? ¿Cómo hago efectivo el hecho de que soy el propietario oficial? Muchas gracias de antemano.
Hola, en el caso que propone puede concurrir a una notaría y otorgar una escritura por la cual revoca el poder otorgado, saludos.
hola, buenos dias, mi consulta es: que debo hacer para sacar a una persona que se tomo un sitio, que tengo inscrito en bienes raices lo cual compre hace tiempo y todo al dia. esta persona construyo una casa ahi y ella asegura tener un titulo de dominio, pero investigue si es legal su titulo, pero por lo que pude ver, ella tiene un titulo , pero no del sitio en si, a ella la incluyeron en el lote general, no se si me explico, el terreno mio donde esta ubicado , es una hectarea, y esa hectarea se subdividio en varios, con diferentes dueños, por ende esta persona no se como lo hizo, pero mi vigencia de bienes raices esta limpia, solo que ella no posee titulo de mi terreno , si no que aparece como anexa o incluida en la hectarea total o lote no se como decirlo.. quye debo hacer en este caso, ya que ella no quiere salir de ahi, y los que accion debo tomar y que gastos hay por medio?
Hola, como de su mensaje no se entiende claramente si la otra persona tiene o no un título inscrito sobre su propiedad, le recomendamos concertar una entrevista en nuestras oficinas para orientarlo adecuadamente, saludos.
buenos dias, arrendé hace 6 años una propiedad y tras dejar de pagarme el arriendo, me enteré que el arrendatario se apropio por bienes nacionales mi casa. Que puedo hacer?
Hola, el Decreto Ley 2695 establece un procedimiento para oponerse a la regularización de la propiedad raíz, y subsidiariamente, permite interponer una demanda por indemnización de perjuicios. Saludos.
Hola, tengo una tía que falleció en el año 2010 a parecer fue una herencia vacante el tema es que hoy en día el fisco de Chile se tomo la casa y esta a nombre de el.
en la actualidad viven personas que se metieron sin permiso y no quieren desalojar.
que puedo hacer?
aun estaré a tiempo?
Hola, el último orden sucesorio, es decir, cuando no se presentan herederos del causante, corresponde al Fisco. Una vez declarada una herencia como vacante, ello no puede dejarse sin efecto, saludos.
hola! resulta que mi tío le hizo una compra venta falsa por 80 millones de pesos a su hija. resulta que después de eso hubieron unos problemas y a mi tío lo echaron de esa casa. hay que tomar en cuenta que el por 30 años se hizo cargo del terreno. hicieron cabañas, tenían un negocio y más la casa. resulta que él al irse de ahí, no le dieron nada porque todo quedó en nombre de la hija, y la patente del negocio quedó a nombre de la esposa (que solo legalmente siguen juntos). quiere tomar alguna acción para al menos poder recuperar algo por lo que trabajó toda su vida. de antemano muchas gracias!
Hola, la posibilidad de solicitar la nulidad de esa escritura pública de compraventa de ve bastante difícil, dado que su tío carece de legitimación activa, al heber contribuido voluntariamente a la celebración de un contrato simulado. Saludos.
hola mire mi padre tiene un terreno en laguna verde y fue ocupado x una familia yo hijo hice la demanda en la fiscalia de valparaiso y después de esperar me dijeron que ellos no podían ver el caso y que le correspondía al juzgado local , se fue a carabinero del sector y dijeron que no podían asistir a la casa x no tener una orden y tampoco para saber sus nombres para hacerle la demanda y lamentablemente no e podido conseguir los nombres de las personas que están en la casa y esta casa tenia dos cerrojos con candado mas en portón afuera también con candado y los tres fueron reventados fui con mi hermano y salio la señora echándonos con insultos e improperios de alto calibre y la pregunta como y que puedo hacer o donde ir para desalojarlos y no puedo demandarlos por no tener sus nombres atte braulio salazar y gracias por su tiempo y respuesta
Hola, el Código Civil permite interponer acciones posesorías para resguardar el ejercicio de la posesión de un bien raíz, para lo cual no es necesario contar con los nombres de los ocupantes de la propiedad. Saludos.
Hola
Quería arrendar mi casa y para eso contacte a un corredor, resulta que el arrendo y entrego la propiedad a unas personas pero yo no he firmado el contrato de arriendo y el no me a entregado el dinero del arriendo y mes de garantía como puedo hacer para desalojar a las personas?
Hola, respecto del corredor, claramente se puede configurar un delito de apropiación indebida. Respecto de los ocupantes de la propiedad, dado que usted señala no haber firmado contrato alguno, la acción que procede es presentar la demanda de precario, saludos.
Estimados,
un familiar ha comprado una propiedad, pero un pariente del vendedor aun la ocupa y NO pretende desalojar. Ya hay una acción legal en tramite, pero según me indican faltaría q´el receptor judicial entregue al Juez un documento final para que este emita la orden de desalojo. ¿Es esto realmente correcto? como podemos asesorarnos legalmente con Uds por favor? somos de Santiago.
Saludos, gracias de antemano.
Hola, desconocemos los detalles del proceso judicial en su caso concreto, lo cierto es que sólo por una orden judicial se puede obtener el lanzamiento forzado de quien ocupa un inmueble. Respecto de la asesoría solicitada, puede ubicarnos a través de nuestros teléfonos publicados en este sitio web, saludos.
Hola:
Excelente pagina,consulta,arriendo una pieza a una arrendataria de un lugar(subarriendiendo,yo no sabía eso) , la Sra nos cambia de pieza a voluntad y hecha a la gente de un día para otro,no firma contratos ,y duramente un recibo que otro.No hay ningún tipo de contrato,y si me cambia la chapa de entrada perderé mis cosas.No se que hacer.El precio lo sube a cada rato.en 20%..Nos cortó el gas a todos ya que tiene una fuga(metrogas hace 2 meses).Y no tengo donde ir ya que tiene flexibilidad de pago,de la misma manera nos cobra intereses(bestiales).
No quiere firmar ningun tipo de contrato es china por lo que se hace la desentendida de todo.Solo te echa cuando quiere.¿Como puedo defender mi postura en tribunales?.El arriendo lo acaba de subir a 160.000 de 135.000.-
Hola, primero que todo hay que verificar que ella esté autorizada para subarrendar la propiedad. En segundo lugar, el contrato de arriendo es consensual, por lo que a pesar de no tener un contrato firmado, es posible acreditarlo por otros medios de prueba. Además, usted señala tener recibos de la subarrendadora, lo que constituye un principio de prueba por escrito. Saludos.
hola buenos días, tengo una consulta con respecto a una propiedad familiar que se encuentra en estado de abandono hace ya, varios años, el tema es que somos muchos los herederos y el contacto con varios, ha sido infructuoso e incluso algunos no tienen interés por la propiedad. En estos momentos el vecino realizo un cierre provisorio a la propiedad y en conversaciones con él, se niega a desocupar ya que no tengo ningún papel de dominio, (dejó unas chatarras e incluso amplio una parte de su patio), cómo puedo frenar esto? la propiedad tiene un avalúo menor a 380 UTM.
Hola, en primer lugar cualquier heredero puede ocupar la propiedad, dado que el Código Civil autoriza a que cualquier comunero hereditario pueda realizar los actos ad administración de los bienes comunes. Enseguida, es necesario pedir la partición de la herencia, o bien intentar la regularización de la propiedad conforme al Decreto Ley 2695, saludos.
Estimados,mi papa compro un terreno a medias con un amigo, finalmente se pelearon, mi padre quiere subdividir, pero el otro no quiere, empezó a construir en el terreno sin avisar nada…se entiende que cada uno es dueño del 50% y que para hacer algo se debe pedir la autorización del otro??? es posible hacer una demanda para parar los trabajos y fuese así me gustaría ver la opción con ustedes, esto queda en pucon…quedo atento. slds y gracias.
Hola, en lo que usted describe se formó una comunidad entre su papá y el amigo. Para resolver la situación es necesario efectuar la partición del inmueble, ya sea de común acuerdo o bien a través de un juicio. Respecto de la construcción efectuada por el amigo, ello es una mejora que aumenta el valor del inmueble, pero eso beneficia a ambos comuneros. Saludos.
Hola, mi suegra tiene un terreno rural con una edificación, usada para vacaciones, desde hace unos años mi vecino dice que tengo tomado una parte de su terreno, ante esto he medido mi terreno y su posicionamiento y según planos estaría donde corresponde (planos realizados por proyectista) sin embargo vecino no entiende razones e insiste en su punto llegando incluso a amenazar con que correrá el cerco por indicaciones de abogado. La consulta es ¿que pasos debería seguir para poder dejar en claro este inconveniente y si debería iniciar algún proceso legal para mi resguardo y el de mi propiedad.?
Hola, para resolver el conflicto debe iniciar un juicio de medianería ante el tribunal civil competente. Dicho juicio tiene por objeto fijar los limites entre dos inmuebles colindantes. Saludos.
Buenos días, por favor consulto: Tengo una propiedad arrendada notarialmente, la persona que vive allí (mi arrendatario) comenzó a tener problemas económicos permanentes y los pagos de arriendo eran muy desfasados a lo que decido avisarle con carta certificada y -según contrato- con 60 días de anticipación a que deje la propiedad (se cumple este 21.07.2018)
Según contrato, se deja en claro que la garantía «En ningún caso podrá imputarse al pago de la renta del arrendamiento» no obstante este hombre esta actualmente haciendo uso de la garantía y haciendo caso omiso además, al Contrato firmado Notarialmente con el riesgo seguro a que me va a dejar con deudas por los servicios de gas, agua, y luz, y yo, no voy a poder descontarle debido a que utilizó la garantia…
Que tipo de acción se podría ejercer ahí, que mecanismo o argumento debiera usar yo? Que validez tiene un Contrato firmado Notarialmente cuando suceden estos casos?? Quedo atento, muchas gracias
Hola, en ningún caso el monto de dinero otorgado en garantía en un contrato de arrendamiento puede destinarse al pago de un mes de la renta. En el caso que usted indique, debe presentar la demanda de terminación del contrato por no pago de la renta, solicitando además la indemnizacion de perjuicios que corresponda, saludos.
Buenos días.
Tengo una casa en la que instale mi negocio, en el segundo piso tengo 2 habitaciones y le entrego como beneficio a una de mis trabajadoras 1 de ellas, solo pagaba 70 mil para gastos básicos del uso de ella (sin contrato de arriendo) tampoco estaba estipulado ese beneficio en su contrato de trabajo, solo fue de palabra.
Actualmente ella fue desvinculada y estamos en un proceso laboral en la DT. Ya le solicite por escrito que febia desocupar la habitación el fia 18/08/2018 ella se nego rotundamente.
Que debo hacer para recuperar esa habitación, necesito un abogado?
Gracias por su orientación .
Hola, en el caso que propone, dado que no hay contrato de arriendo, ni tampoco se puede estimar que es parte de la relación laboral (como una especie de remuneración) sólo corresponde presentar en contra de la ex trabajadora la demanda de precario, saludos.
Hola, quisiera saber si se puede recuperar un terreno o solicitar una indemnización por este, que fue adquirido por una tercera persona bajo la ley 2695, y ella era parte de los herederos de ese terreno y la persona afecta en la época que se adquirió el terreno se encontraba exonerada del país (año 1994) y hace poco regreso.
Hola, por los datos que usted señala todo indica que la posibilidad de presentar una demanda de indemnización de perjuicios se encuentra prescrita, saludos.
Estimado, Buenas Tardes;
Hace un tiempo fallecio mi papa y decidi realizar la posesion efectiva y dejarla a nombre de mi mama, pero mi papa estuvo casado con una señora, por lo que se tranco todo el asunto ya que segun CSBR Dijo que el 50% es de su ex señora y el resto de los hijos, el tema es que la propiedad hace años aparece con el nombre de «Serviu» y nunca nos percatamos, es posible cambiar el nombre? habra algun problema despues por que aparece ese nombre..por favor ayudeme estoy desesperada y no se que hacer.
Muchas Gracias
Saludos
Hola, si la propiedad está inscrita a nombre de su padre el hecho de que en la inscripción aparezca mencionado el SERVIU sólo da cuenta de que se trata de una vivienda social, pero no altera el dominio del bien raíz. Saludos.
Hola estimado necesito ayuda .
Compre dos sitios loteados en zona rural
Cada sitio de 13 de ancho por 21 de fondo
pero solo tengo la escritura publica de cesión de derechos
firmada ante notario. sin luz y agua .
Pero en conocimiento desde que compre
Haora me entero que los loteos se están prohibiendo.
¿Me pueden desalojar si construyo una vivienda.?
Ya lo tengo cercado.
Lo podre escribir a futuro en bienes raises.
cual es la solución o camino a seguir
¿ la escritura publica de cesión de derechos
firmada ante notario tiene alguna valides ?
desde antemanos gracias.
Hola, por lo que indica usted es solo titular de DERECHOS, pero no es dueña de ningún terreno específico. No puede ser desalojado, pero al mismo tiempo es dificil que pueda regularizar dicha propiedad, saludos.
Hola, mi casa fue rematada pues no lo pude seguir pagando, fui al remate y no hubieron interesados y se la adjudico el mismo Banco, el 28 de agosto recién la pudieron inscribir …cuanto tiempo crees tu que tengo antes de que me desalojen???
Hola, de acuerdo a la Ley General de Bancos éstos no puede tener en su patrimonio bienes raíces por un período superior a 1 año. Por tanto, el Banco adjudicatario debe enajenar el bien raíz, y será el comprador quien deberá desalojarlo a través de un juicio de precario. Los plazos son variables y dependen de la diligencia del demandante, saludos.
Hola cuento un poco la historia arrendé una casa en abril 2017 por un año a la nieta de la dueña de la casa por que la dueña era muy viejita. Ella murió en noviembre 2017 y son 7 hijos, tres de ellos nos emprezaron a cobrar arriendo que no lo hicimos por que debíamos respetar el contrato con la nieta y la situación con los hijos de hizo insostenible y nos fuimos en marzo 2018. Los vecinos nos decían que la casa siempre estuvo abandonada hasta que llegamos nosotros y ahora septiembre 2018 sigue abandonada. Los hijos no han hecho la posición efectiva por que están tan peleados que no se pueden ver. Mi pregunta es: Si ellos no han realizado la posición efectiva la casa no tiene dueño? Como yo me puedo adjudicar esa casa que amo(18mts2)? Qué debo hacer? donde debo ir ? Y con quien debo ir para averiguar algo que sea a mi favor ? Hay alguna solución para mi para quedarme con esa casa? Porfavor.
Hola, la posesión efectiva de la herencia es una medida para establecer la historia fidedigna de la propiedad raíz. No confiere la propiedad, pero es necesario señalar que los herederos son titulares del derecho real de herencia, y posteriormente deberán efectuar la partición de los bienes hereditarios. La única forma lícita de adquirir la propiedad es a través de una compraventa. El hecho de que la propiedad esté abandonada no le da a usted ningun derecho para intentar apropiarse de un inmueble ajeno. Saludos.
Hola, primero felicitar por su página, ha sido de gran ayuda.
Quisiera consultar lo siguiente: puse en arriendo mediante contrato notarial una propiedad de una tía fallecida, en la cual con mi hermano, somos los únicos descendientes y herederos. Por distintos factores las posesión efectiva sigue en trámite. El problema es que los arrendatarios decidieron dejar de cancelar la mensualidad. Quisiéramos saber de qué forma legal podemos pedir desocupar el inmueble. Según leí en su pagina, se podría pedir acción restitutoria. La consulta es, sería efectivo si poseo la escritura a nombre de mi tía pero aún no está a mi nombre.
Incluso enviamos una carta certificada para solicitar el desalojo, pero no respondieron.
De antemano, muchas gracias
Hola, muchas gracias. El Código Civil señala que el contrato de arrendamiento sobre una cosa ajena es válida. Es decir, aunque usted y su hermano aún no sea dueños dels inmueble, el contrato de arrendamiento que celebraron es válido y les confiere todos los derechos de un arrendador. Por lo tanto, pueden iniciar el juicio de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de la renta y solicitar el desalojo del inmueble. Saludos.
Hola, en un juicio por dividendos impagos de una propiedad inscrita a mi nombre se declaro Abandono de Procedimiento en Junio de 2017, que debo hacer para que el conservador de bienes raíces levante los gravámenes y prohibiciones que aun mantiene el Banco sobre la propiedad ?
Hola, si el abandono del procedimiento está declarado por sentencia ejecutoriada, se puede solicitar el alzamiento de los embargos y medidas precautorias declaradas en el curso del juicio, para ello debe contratar un receptor judicial que haga el trámite. Sin embargo, el abandono del procedimiento en caso alguno deja sin efecto el contrato de hipoteca ni la prohibición de enajenar asociado al contrato, ya que son temas absolutamente diferentes. Saludos.
Hola buenas, quiero saber que debo hacer tengo un terreno y una pequeña parte de el de 15×15 se encuentra ocupada por mi vecino
Hola, si ambas propiedades se encuentran debidamente inscritas, lo que debe iniciar es un juicio de medianería ante el tribunal civil competente, con el objeto de que el tribunal determine los deslindes entre ambos inmuebles. Saludos.
Hola! me gustaría saber si me pueden ayudar a despejar una duda sobre terrenos tomados.
Hace unos años atrás mi abuela se enteró de que unos terrenos indígenas de su propiedad fueron tomados por un particular que aún vive allí. Mi abuela falleció y querría saber si es que sus hijos pueden hacer algo al respecto. También me gustaría saber si es que es posible que esos terrenos ya estén a nombre de aquella persona y los plazos aceptados para hacer algún tipo acción al respecto.
Muchas gracias.
Hola, los plazos para solicitar la nulidad absoluta de un acto o contrato es de 10 años contados desde la celebración de ellos. Transcurrido dicho plazo, las acciones judiciales prescriben. Saludos.
Hola, mi problema es que mi padre tiene una hija fuera del matrimonio a la que le pasó una casa por un tiempo, pero ahora que le solicitó que la despcupe porque necesita arrendarla ella dice que no se va a ir. Qué tipo de acciones debe tomar para que se vaya si no quiere hacerlo conversando
Saludos y muchas gracias
Hola, la única acción posible es la de precario, la que sería procedente en la medida que la hija señalada no tenga derecho a pensión de alimentos, ya que algunos fallos de tribunales civiles han estimado que el sólo hecho de la relación de parentesco es título suficiente para la ocupación de la propiedad, mientras se mantengan los deberes de cuidado que implica la paternidad respecto de los hijos. Saludos.
COMPRAMOS UNA PROPIEDAD QUE ESTABA SIENDO OCUPADA SIN PERMISO, NO QUIEREN DEJAR LA PROPIEDAD Y DEBEN 15 MESES DE AGUA.
Hola, debe presentar la demanda de precario contra los ocupantes del inmueble ante el tribunal civil competente. Saludos.
Hola hice una promesa de compraventa con mi propiedad y no cumplieron el pago prometido. Los demande por cumplimiento de contrato y el juez los condemo a cumplir con la promesa. Pero ellos no pagan el pecio. Que debo hacer ahora. Como los saco de la propiedad si el juez solo les piden de cumplan el contrato. Pero no les pide la restitucion de la propiedad.
Buenas tardes, para obtener la restitución de la propiedad debe iniciar un juicio paralelo, que es el juicio de precario, que se tramita ante un juzgado de letras en lo civil, con el patrocinio de un abogado. Saludos.
Hola
Yo vivo en un condominio, habíamos considerado un terreno para áreas verdes, equipamiento y una sede, el lote esta inscrito en el conservador a nombre de nuestra organización y pagamos impuesto sobre ella. La municipalidad en un momento entrego certificados al serviu, que indicaban que era un bien nacional de uso público, se construyo un pozo de absorción de aguas lluvias que ocupa casi todo el terreno, nos inundamos, volvieron a construir otro pozo, valga decir que el pozo es para evacuar aguas lluvias de la ciudad, para solucionar un problema de la ciudad, el nuevo pozo fue construido con una técnica de celdas plásticas para una mayor captación de aguas, el pozo a días de la entrega colapso, provocando alarma a los vecinos, ya que no se puede transitar por encima de el por miedo a sufrir algún accidente.
. ¿Como lo hago para recuperar el terreno?
. ¿ como lo hago para que no parezca como un bien de uso Público?
. Si recupero el terreno ya es imposible usarlo para lo que estaba acordado
. Varios vecinos nos inundamos por años.
¿ Que puede hacer, puedo demandar por daños y perjuicios, ?
Hola, respuestas: 1.- La modificación de la calidad de bien nacional de uso publico supone modificar el plano regulador; 2.- La calidad jurídica del inmueble no se modifica, pese a alterar su apariencia; 3.- Sí, puede interponer una acción de indemnización de perjuicios por falta de servicio del municipio, lo cual está regulado en la Ley Orgánica de Municipalidades. Saludos.
Hola, arrende u sitio eriazo, a plazo de 10 años, ya van 5, que debo hacer para terminar el contrato anticipadamente, y que ocurre con lo construido del arrendatario, debera llevarse y dejar tal cual se hizo contrato?, en contrato no especifica contruccion ni nada por el estilo, solo se especifica que iban a vender lo que especifica. de no decidir terminar anticipadamente, que ocurre al momento de caducar fecha de contrato y no llegar a acuerdo de renovacion.
Hola, existiendo un plazo pactado para la celebración del contrato, ello tiene fuerza obligatoria para las partes y no puede ser modificado unilateralmente, por ende, debe respetar el plazo. Las mejoras hechas en el inmueble pertenecen al arrendatario de buena fue, que pueda sacarlas si es que ello no causa detrimento al inmueble. Saludos.
soy victoria y tengo un problema con un vecino quiere entrar por mi propiedad la cual no tiene acceso a el, no hay camino de por medio y a la vez mis colindantes son dos dueños diferentes, ellos colindan con mi propiedad pero ellos tampoco tienen salida, ellos si respetan eso y salen por donde corresponde y este señor que esta como a 200 metros de mi predio a toda consta no solo quiere pasar por el mio si no que quiere pasar por los otros dos predios mas antes de llegar al mio, este señor nos mando a carabineros y ellos obligaron a romper mi cerco y a la vez por lo que colindan conmigo sin ningún permiso de nadie; mi pregunta por que los tribunales de justicia acepta el recurso de amparo sin ni siquiera ver la escritura de la propiedad o mandar a alguien de los tribunales correspondiente de la ciudad para tomar una desicion, carabinero no están para eso son los tribunales los que tienen que verificar si lo que dice el señor es correcto y de ahí se toma una desicion, por que mis derechos fueron vulnerados.
Buenas tardes, la delimitación de los deslindes entre dos inmuebles colindantes corresponde hacerla a los tribunales de justicia, a través de un juicio de medianería. Ni personal de Carabineros, ni sus vecinos actuando unilateralmente, pueden ingresar a su propiedad y determinar vías de paso, o alterar los limites de los inmuebles. En el caso sufrido por usted, recomendamos ejercer las acciones posesorias del Código Civil, las que tienen por objeto proteger la poseedor inscrito de un inmueble que se ve turbado en el ejercicio de la posesión. Saludos.
Estimados, que juicio debería iniciar si no tengo los datos de quien ocupó mi propiedad?
Muchas gracias
Hola, no hay ningún procedimiento legal que permita averiguar el nombre de los ocupantes de una propiedad. Sin embargo, eventualmente podría estar cometiéndose el delito de usurpación respecto de su propiedad; en tal caso, puede hacer la denuncia o presentar querella contra los que resulten responsables, y a través de la investigación del Ministerio Público es posible averiguar el nombre de quienes ocupan la propiedad. Saludos.
Hola mi consulta es la siguiente mi padre es dueño de una propiedad (terreno eriaso)la cual tiene fecha de remate por no pago de contribuciones en un mes más, el problema es que mi padre está inubicable no sabemos cómo ni dónde contactarlo y necesito saber si yo como hija puedo evitar el remate de alguna forma ya sea pagando las contribuciones o de algún otro modo, además de que el terreno es un terreno eriaso puedo adjudicarme la propiedad de alguna manera y pasarla a mi nombre ya que él nunca le interesó el terreno y por lo mismo no pago las contribuciones??
Cómo dato ese terreno fue legalmente dividido en 2 siendo la parte 1 regularizada por la hermana de mi padre y en dónde ella vive y la parte 2 el sitio eriaso colindante que está a nombre de mi padre, todo esto en forma legal por ambos.
Hola, efectivamente usted puede paralizare el remate pagando el total de la deuda por contribuciones, o bien abonando una parte relevante del monto adeudado, asimismo, usted puede participar en el remate del bien y adjudicárselo, en la medida que su oferta sea mejor que la de los demás postores que concurran al remate. Saludos.
Realicé un contrato de arriendo de una oficina por un año , pero a los 6 meses decidí dejar el lugar y acordé con el arrendador que me iria a finales de septiembre…a mediados de Mes me cambiaron la chapa y tuve que hablar con el cuidador para sacar mis cosas. Yo pagaba por mes anticipado y siempre al día … hoy no me quieren devolver el mes de garantia diciendo que yo me fui antes del año y que no les mande la carta certificada exijia el contrato para dar termino anticipado … pero ellos me cambiaron la cerradura antes de que yo me fuera por lo que me privaron del uso de la propiedad que me correspondia ocupar hasta finales de mes … que puedo hacer ??
Buenas tardes, la celebración de un contrato de arrendamiento a plazo fijo obliga a ambas partes, por lo tanto el arrendatario tiene la obligación de respetar el plazo acordado. En caso de decidir terminar el contrato antes de dicho plazo, el arrendador puede exigir el pago de las rentas por el período pendiente. En cuanto al mes de garantía, ese dinero sólo está destinado a responder al arrendador por los perjuicios sufridos en la propiedad, y cuentas por servicios pendientes derivados del uso del arrendatario, por lo que no es posible imputarlo a pago de rentas, salvo acuerdo de las partes. Saludos.
Hola por
fabor ayúdenme compre hace un par de años una propiedad a mi padre que el tenia arrendada por mucho tiempo tengo el título de dominio a mi nombre pero resulta que después supe que el arrendatario lo habían inscrito tambien en bienes raíces a su nombre y ahora habemos dos dueños la propiedad esta en Pucón y yo vivo en Santiago que hago para recuperar mi propiedad Gracias.
Buenos días, el problema que usted describe es el de inscripciones paralelas en el Conservador de Bienes Raíces, lo que debe resolverse judicialmente, presentando una demanda por acción reivindicatoria, la que se tramita ante el juzgado de letras competente, y para lo cual requiere ser patrocinado por un abogado. Saludos.
Hola nesesito saber como se puede recuperar una casa que fue vendida por un hermano que ya fallecio y en donde se iso pasar por hijo unico siendo que abemos tres hermanos mas fue vendida el año 1986
Hola, respecto de su consulta la única posibilidad es demandar la nulidad absoluta del acto o contrato que permitió la enajenación del inmueble; sin embargo, el plazo para ello es de 10 años contados desde la celebración del acto o contrato, por lo que las acciones judiciales se encuentran actualmente prescritas. Saludos.
Hola, estoy habitando desde hace muy poco un inmueble abandonado. Tuve que hacer muchas reparaciones ya que estaba destruido. La única vecina que tiene contacto con la dueña de la vivienda no me da su número. Aún así amenaza con denunciarme. Yo solo quiero contactarme con la dueña para llegar a un arreglo. No deseo apropiarme de la vivienda para siempre, sino hacer uso de ella por un tiempo.
Si al dueña no aparece, la vecina puede denunciarme a carabineros?
Muchas gracias
Hola, el delito de usurpación no violenta consiste es un delito de acción penal pública, es decir, cualquier persona puede hacer la denuncia ante la autoridad policial, aun cuando el denunciante no sea la persona afectada por el delito. Por ende, la vecina que usted indica sí podría realizar una denuncia en su contra por el delito ya señalado. Saludos.
Hola quisiera . hacerte una pregunta ?
mi suegra tiene un terreno en la costa es una herencia de su madre uno de sus hijos le pidio permiso para vivir en el para ello construyo una casa con ayuda de la madre y con la venta del bosque de la propiedad ella paga todo lo concerniente con el terreno.
Ella quiere ahora vender el terreno completo debido a que el sigue vendiendo los arboles y no le hace llegar nada a ella.
la preguntas es que debe hacer ella para recuperar.su propiedad ya que para vender tiene que estar
desocupada la propiedad.
El terreno no es habitacional no tiene luz ni agua son cerros y bosques
agradecido de tu respuesta
Muchas gracias
Buenas tardes, en el caso que indica lo que procede es que se presente una demanda de precario en contra del hijo que ocupa el inmueble por ignorancia o mera tolerancia del dueño inscrito en el Conservador de Bienes Raíces. Dicha demanda se presenta en el Juzgado de letras en lo civil competente, y debe ser patrocinada por un abogado. La ley dispone que se tramite en un procedimiento sumario, que consta inicialmente de una sola audiencia de contestación y prueba. Saludos.
Hola, compre un terreno en la comuna de Papudo, el cual por escritura tiene 175m2, al medirlo en forma real tiene 145m2. Realizamos un estudio topográfico, pedimos el certificado de lineas para saber donde comenzaba realmente el terreno, y según esto el vecino que también es la persona que vendió, nos tiene tomados los 30m2. Mi pregunta es la siguiente; este estudio topográfico es el documento valido que determina los m2 reales de un terreno o que persona es la que valida esto. Consulto esto porque la persona que nos vendió dice que esos son los m2 que nos corresponden. Fuimos a una audiencia con el director de obras de la municipalidad y quedo de medir y enviar una resolución, pero tampoco sabemos si esta resolución obliga a que nos devuelvan los m2. Se necesita saber como realmente sabemos quien tiene la razón legalmente, porque que pasa si demandamos y resulta que la otra persona pueda tener la razon, que profesional o que entidad determina o dictamina quien tiene la razon. Gracias
Hola, lo que determina la cabida de un inmueble es esencialmente el título inscrito, que usualmente es una escritura pública. Allí se señalan los deslindes del inmuebles. En base a ello, corresponde medir la superficie del inmueble. En tal sentido, ni un estudio de topografía privado ni una resolución del Director de Obras de una determinada municipalidad tiene el mérito suficiente para modificar el contenido de la inscripción de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces. En consecuencia, sólo a través de una sentencia judicial es posible modificar la inscripción conservaticia. El juicio que procede para dirimir la controversia se denomina juicio de medianería, el cual tiene por objeto establecer los deslindes entre 2 ó más propiedades, y consecuentemente, la cabida de ambos predios. Dicho juicio se tramita ante el Juzgado de Letras competente, y para ello requiere la asesoría de un abogado. Saludos.
hola buenas tardes una pregunta tengo una propiedad en la cual existe un departamento interior que ocupa la esposa de mi hermano, estos se separaron de hecho hace un año aproximadamente, razon por la cual este hizo abandono de la propiedad, ahora ella no se quiere ir de mi casa y no encuentro como sacarla, que podria hacer, Gracias y saludos.
Hola, lo que procede en el caso señalado es presentar una demanda de precario contra la ocupante, para lo cual requiere ser patrocinado por un abogado ante el Juzgado de Letras competente.
Hola, cuales son los pasos a seguir por una herencia de terreno de mi abuela, no tenemos la escritura, donde la podemos encontrar y se están tomando el terreno personas extrañas.
Hola, todos los bienes raíces se inscriben en el Conservador de Bienes Raíces competente, el cual les asigna un número de inscripción, individualizado por la foja respectiva y el año en que se practicó la inscripción. En consecuencia, a pesar de no tener materialmente la escritura pública, puede acudir al Conservador de Bienes Raíces y averiguar los datos de inscripción de la propiedad. Dicha inscripción es el único medio válida, según el Código Civil chileno, para adquirir y probar la propiedad de un inmueble. Saludos.
Hola, Buenas tardes!. Mi nombre es Pamela y junto a mi familia queremos vender el terreno que nos heredo mi padre, pero parte de este terreno esta edificado por otras personas que han hecho caso omiso de las veces que hemos solicitado retiren sus cosas para poder cerrar, limpiar y delimitar nuestro terreno. Ya llevamos casi un año en esta situación. ¿Que acción legal podemos ejercer para terminar con esta situación?. Quedo atenta
Muchas gracias
Hola, en el caso que las terceras personas tengan derecho de dominio sobre la propiedad, lo que hay jurídicamente es una comunidad proindiviso, y lo que procede es demandar la partición de los bienes comunes. En caso que carezcan de tales derechos, lo que procede es demandarlos en un juicio de precario. En ambos casos se requiere del patrocinio de un abogado. Saludos.
hola, tengo una consulta, hace un par de años compre derechos y acciones junto a otras personas, una de esas personas se paso hacia mi lado del terreno aprox, 200m2 , y no quiere correr su cerco, a pesar de que el vendedor dueño original le ha explicado y se han medido las partes y no lo quiere hacer, tengo alguna salida a este problema que no sea destruir su cerco ….
Hola, la compra de derechos y acciones sobre un inmueble solo lo convierte en un copropietario del inmueble, es decir, usted es titular sólo de una cuota del derecho de dominio, y no de una parte específica y concreta del terreno, por lo cual carece de toda legitimidad para fijar deslindes que no existen ni están señalados en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces. Lo anterior, sin perjuicio de poder llegar a acuerdos directos con la persona con quien tiene el conflicto de deslindes, o bien de su derecho a solicitar la partición de los bienes comunes. Saludos.
Hola, consulta, soy dueña de una propiedad, en una ciudad distinta de la cual resido, al acercarme a mi propiedad con el objetivo de venderla, pude percatarme que se encuentran residiendo personas en el lugar, quienes al momento de identificarme como propietaria, se negaron a recibirme sin identificarse y me echaron con garabatos e insultos, es posible intentar la acción de precario en contra de quien resulte responsable, puesto que no se los nombres de las personas que se encuentran residiendo, o debo intentar una querella criminal por el delito de usurpación de inmueble en contra de quien o quienes resulten responsables, solicitando como diligencia el empadronamiento a través de las policías, de las personas que viven en el lugar. Quedo atenta. muchas gracias.
Hola, para demandar civilmente por precario, necesita obviamente saber los datos de identificación de los ocupantes. Por lo mismo, y como usted señala, puede previamente iniciar una acción penal por el delito de usurpación para identificar a tales personas. Saludos.
Hola, compre un terreno pero mi vecino tiene su deslinde corrido, por lo tanto me faltan m2. Hable con ellos pero no quieren llegar a un acuerdo económico. ¿Puedo llegar y correr el deslinde que esta en mi terreno? Saludos
Hola, la autotutela no está permitida en nuestro ordenamiento jurídico. Debe iniciar un juicio de medianería ante el tribunal civil competente, con el patrocinio de un abogado, saludos.
Hola, tengo una consulta… Somos dueños de una pequeña parcela de 7000 metros, en Laguna Verde. Hemos decidido venderla, pero al ir a ver el lugar con el topógrafo, nos hemos encontrado con que personas ajenas han construido sin previa autorización nuestra.
Quisiera saber que tipo de acciones legales se pueden iniciar para recuperar nuestra parcela, el problema es que hay varias casas de veraneo, ya construidas en el lugar y no sabemos si ellos se han acogido a la Ley 2695. Fuimos a Bienes Nacionales y nos dijeron que teníamos que llevar los nombres completos de las personas que habitan el lugar, pero no tenemos como ya que sólo van en verano.
Hola, la acción judicial correspondiente es la de precario, que se interpone ante el tribunal civil competente (Valparaíso), con patrocinio de un abogado.
Para saber si alguien se ha acogido al D.L 2695, deben consultar en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, en la inscripción de dominio respectiva. Saludos.
Hola. En mayo de 2018 arrendé mi Dpto.con contrato notarial a una persona que nunca la usó y se la pasó al parecer a un empleado suyo quien hace 2 meses que no paga. Hay delito? Qué puedo hacer?
Hola, no hay delito, el hecho indicado sólo genera responsabilidad civil, no penal. En el caso indicado, debe demandar la terminación del contrato de arrendamiento celebrado, por incumplimiento del arrendatario original (es decir, la persona con la cual usted firmó el contrato). Saludos.
Buenas tardes, muchos saludos. Mi pregunta es la siguiente. Mi madre falleció hace 30 años, hace 25 hicimos la herencia y se vendieron los derechos del inmueble de los sobrevivientes de mi núcleo cercano, el propietario nunca inscribió en Bienes Raíces. Mi padre falleció hace 10 años e hicimos la posesión efectiva de sus derechos, hace casi 5. Salimos ahora los hijos como propietarios, ¿podemos vender?
Hola, sí pueden vender, ya que siguen siendo dueños del inmueble. En Chile, el único documento que permite adquirir y probar el dominio de un bien raíz es la inscripción de dominio en el Conservador de Bienes Raíces competente. Aun cuando se haya celebrado una escritur pública de compraventa de la propiedad, si dicha escritura no fue inscrita, simplemente no se produjo la transferencia del dominio. Saludos cordiales.
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:
Mi abuelita tenia una casa y mi tía ( hija mayor de mi abuelita) era dueña del terreno de al lado. Cuando falleció mi tía, mi abuelita recibió a una señora dejándola de allegada para que la ayudara en los quehaceres del hogar ya que mi abuelita estaba enferma. Unos años después mi abuelita falleció y la señora que allego se quedo habitando la casa hasta que un verano coloco candados a ambos sitios y nadie mas pudo entrar. Mi papa (hijo heredero) contrato un abogado para hacer los tramites y poder sacar a la señora pero ella contaba con una escritura por ambos terrenos. Mi papa enfermo y también falleció por lo que nunca termino de hacer los tramites. Mi consulta es si yo como hija puedo intentar recuperar esa casa siendo que han pasado mas de 10 años? Desde ya muchas gracias
Hola, a pesar del tiempo transcurrido, sí es posible. Pero como cuestión previa, debe aclarar si la actual ocupante tiene o no derechos sobre la propiedad, toda vez que usted señala que «ella contaba con una escritura por ambos terrenos». Es necesario aclarar previamente ese punto. Saludos cordiales.
Hola, para responder la consulta es necesario que obtega en el Conservador de Bienes Raíces un documento que se llama «Certificado de dominio vigente». Allí saldrá el nombre del propietario inscrito. Si dicha persona corresponde a su abuela, entonces, luego de realizar los correspondientes trámites heredirarios, sus herederos podría iniciar las acciones legales para recuperar el terreno. Por, el contrario, si el inmueble está inscrito a nombre de la actual ocupante del mismo, no sería posible recuperarlo. Saludos.
Buen día,
LE compré la nuda propiedad a una tía, y se dejó un usufructo vitalicio en favor de ella.
Ella nunca vivió ahí, de palabra me dijo que lo quería como respaldo en caso de que se quedara sin hogar, pero yo podía seguir viviendo en el depto sin problemas (antes de comprarle la nuda propiedad yo se lo arrendaba).
Luego de comprar la nuda propiedad estuve viviendo ahí casi 4 años, hasta que un día volví de mis vacaciones y me ecuentro con que mi tía se vino a vivir al depto, cambió la chapa y quedaron todas mis cosas adentro.
Yo sé que ella tiene derecho a vivir ahí, pero hay algo que pueda hacer? porque fue muy imprevisto, ella puede cambiar la chapa así como así aunque también fuera mi domicilio?
Hola, el derecho real de usufructo permite el uso y goce de la cosa fructuaria, que en este caso corresponde al departamento. En consecuencia, siendo ella la titular del derecho real tiene total derecho a ocupar el inmueble, mientras esté vigente el usufructo. El nudo propietario conserva la calidad de dueño, y como tal puede disponer (es decir, vender o enajenar en sentido amplio) el inmueble; sin embargo, no tiene derecho a usarlo ni a percibir sus frutos. Saludos.
Hola mi tío vendió la casa a sus hijos(venta ficticia) y ahora sus hijos nos quieren votar,
Sucede que esa casa fue comprada con el inicial de 3 personas todos el 30% pero mi tío por vivo cuando ya se había cancelado la casa puso el título de propiedad a su nombre.
Tenemos papeles que sustentan que la casa no la pago el solo. Hay formar de que podamos recuperar esa propiedad que nos fue Dada por nuestros abuelos.
PD tenemos todos los vouchers de pagos de la casa y los pagos de agua y luz.
Hola, sólo la inscripción de dominio en el Conservador de Bienes Raices otorga la calidad de dueño de un inmueble. Si usted o sus familiares colaboraron para pagar el precio de adquisición del inmueble, tienen derecho a que el actual propietario les reembolse esa suma de dinero, pero en ningún caso ello los convierte en dueños del inmueble, preisamente porque la propeidad no está inscrita a nombre suyo. Saludos.
Estimados, hay una vivienda social que está abandonada hace más de 8 años, he contactado con la dueña (una señora de 80 alos, sin hijos no familiares) y no quiere ni vender ni arrendar la casa. Me interesa tomar la casa, pagar las cuentas atrasadas, hacer arreglos y con el tiempo, ver la posibilidad de inscribirla a mi nombre. Sin embargo, ví que solo podian ser inmuebles urbanos con tasación inferior a 380UTM, y esa casa, aún siendo vivienda social tiene un avalúo fiscal según el sii de 660 utm (aprox). Es posible que con un buen abogado, o bajo ciertos criterios me pueda adjudicar la propiedad?
Sé que no tengo derecho alguno sobre la propiedad, pero soy demasiado pobre para el banco, y demasiado rico para el estado como para poder postular a esas mismas viviendas sociales.
Se agradece su respuesta, saludos.
Hola, no puedo responder ni colaborar con preguntas que conllevan aprovecharse indebidamente de la situación de personas en situación vulnerable. Busque otro abogado.
Hola que puedo hacer compre en Puchuncavi la mitad de un terreno y lo inscribi en el conservador de quintero, construi una casa y la estoy arrendando y ahora aparecen unas personas diciendo que son los dueños, me muestran la escritura pero no estoy seguro que corresponda a mi sitio, y ellos quieren la restitución de este, que pasaría si realmente es de ellos que pasa con la construcción que yo tengo y todo lo invertido, que puedo hacer. Las direcciones no coinciden la de ellos con mi inscripción.
Hola, de su relato se desprende que usted compró derechos sobre el inmueble. En tal sentido, existen otros comuneros en la propiedad, y mientras se mantenga dicha comunidad ninguno de los comuneros es dueños de una parte específica del inmueble, sino que son solo dueños de cuotas, derechos o porcentajes sobre el mismo. Para individualizar las cuotas es necesario hacer el procedimiento de partición, ya sea de común acuerdo o bien a través de un juicio. En tal sentido, mientras no se realice lo anterior, ningún comunero puede pedir la restitución de una parte específica del inmueble. Saludos.
Hola, la casa de mi familia es una herencia de los abuelos, se hizo posesión efectiva y todo bien paso a ser sociedad de los hermanos, pero desde hace 1 año empezaron a llegar las contribuciones a nombre de la familia del vecino, como si ellos fueran los dueños de esta dirección, antiguamente este terreno era uno solo con el de ellos y se dividió en 2, todo legalizado se supone. Será solo un malentendido de papeles en el conservador o hay que hacer juicio legal por acción reivindicatoria?
gracias.
Hola, si la propiedad estaba inscrita a nombre de sus abuelos, y se hizo la posesión efectiva, pareciera ser que el problema no dice relación con el dominio del inmueble. Probablemente no se ha regularizado la subdivisión de la propiedad, y el SII no ha sido informado de ellos, por lo que sigue considerando el terreno como uno solo. En todo caso, los certificados de avalúo fiscal o pago de contrubuciones no acreditan el dominio de un inmueble, según nuestra legislación. Saludos.
buenas tardes, mi abuelo me dio por vendido parte de un terreno 1/4 exactamente, cuento con todos los documentos legales que acreditan el metraje del terreno y que es de mi propiedad, pero mi vecino me demando porque segun el le faltan 3 metros en su plano aludiendo que para el año 70 mi abuelo supuestamente se tomo esos 3 metros (no se de que año sera su plano), el falleció hace años, veo el plano de mi abuela y sigue estando bien el metraje, cual seria el plano que cuenta ? y que acciones tengo que seguir ?
cabe destacar que 1/4 de mi casa esta en los famosos 3 metros
Hola, se debe tramitar un juicio civil destinado a determinar la cabida de ambos inmuebles, según las inscripciones vigentes en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, saludos.
Hola, quería Saber como puedo recuperar un sitio, que es herencia de mi madre y en el sii esta a nombre de otra persona? y están ocupando ese sitio, hasta se hicieron una casa.
Gracias
Hola, lo importante es que el inmueble sea parte de la sucesión de su madre, lo que se acredita mediante la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. En tal caso, y suponiendo que dicho bien le sea adjudicado como heredera, puede iniciar las acciones legales para recuperar la posesión material del bien raíz. Saludos.
HOLA MI ABUELO MURIO Y TENIA COMPRA DE DERECHOS TENIENDO 10 HIJOS Y UNO DE ELLOS SE APROPIO DE 3 HECTAREAS Y LAS INSCRIBIO A SU NOMBRE NO TOMANDO EN CUENTA AL RESTO DE LOS HEREDEROS, ESTO HACE YA MAS MENOS 10 AÑOS EN CHILE , QUE PODEMOS HACER.
Hola, no mucho, la escrituras de compra no acreditan el dominio de un inmuble, sólo la inscripción en el CBR convierte en dueño al titular de la inscripción. Además, los plazos para interponer cualquier reclamación se encuentran prescritos. Saludos.