Fomento a la creación de empresas: Tu empresa en un día


Así se llama la nueva iniciativa gubernamental destinada a fomentar la creación de empresas en Chile, y al mismo tiempo lograr la reducción de los tiempos que habitualmente tomaba la constitución de una empresa en nuestro país. Con la dictación de la Ley N° 20.659 se instauró un régimen simplificado para la generación de sociedades y empresas de carácter individual, principalmente mediante la creación de un Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, que a través de una página web (www.tuempresaenundia.cl) permite realizar online la mayoría de las operaciones jurídicas relacionadas con la creación, moficiación, transformación, fusión y disolución de estas personas jurídicas de derecho privado con fines de lucro.

Se trata de un registro público y gratuito, el cual es administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y que tendrá una aplicación progresiva en nuestro país. Esto último quiere decir que este registro se aplicará a medida que pase el tiempo, ampliándolo a formas societarias de mayor complejidad. Así, este año 2013 se dio la partida al proyecto, permitiendo a través del sitiowe ya mencionado, la realización de operaciones jurídicas para sociedades de responsabilidad limita y empresas individuales de responsabilidad limitada. Se espera que para el año 2015 el sistema se encuentre habilitado para el resto de las sociedades existentes en Chile (es decir, sociedades en comandita, sociedades anónimas cerradas, sociedades colectivas, etc.).

Todo el sistema se fundamenta en el empleo de la denominada Firma Electrónica Avanzada, ya sea que los socios cuenten directamente con ella (caso en el cual pueden constituir la empresa desde su domicilio), o que carezcan de Firma Electrónica, caso en el cual pueden recurrir a una notaría habilitada con un número de comprobante que les otorga el sitio web, realizando los trámites restantes el notario respectivo, a través de su propia Firma Electrónica Avanzada.

Este nuevo sistema coexistirá con el sistema tradicional de constitución de empresas, que se basa en la conocida trilogía de contar con una escritura pública, y publicar su extracto en el Diario Oficial, para luego inscribir copia del mismo extracto en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces que resulte competente.

Dado el poco tiempo transcurrido desde la creación de este nuevo sistema, hoy en día no es posible aún emitir una opinión definitiva acerca de las virtudes y defectos del registro online. Sin embargo, desde ya nosotros avizoramos algunas consecuencias con las cuales es necesario tener cuidado:

1.- El nuevo sistema de registro online promoverá que muchas personas intenten constituir sus empresas sin la asesoría jurídica de un abogado competente en la materia. La plantilla que se completa en este sitio web no tiene el carácter legal de una escritura pública, y por lo mismo no rige la exigencia del Código Orgánico de Tribunales, en el sentido de que el documento sea redactado por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. Ello claramente aumenta el riesgo de contar a futuro con empresas mal constituidas, que tengan vicios que afecten su validez y existencia legal, sobretodo cuando el emprendedor evoluciones desde formas sociales simples (como una empresa individual de responsabilidad limitada) a otras más complejas (como podría ser una sociedad anónima cerrada).

2.- El nuevo sistema implicará un control absoluto del Estado respecto de las sociedades que se constituyan por esta vía, como de los socios que las integren. A medida que más se utilice el sistema, se irá generando una base de datos con información acerca de los capitales sociales, los giros sociales, la participación de cada socio, los retiros de utilidades o pago de dividendos que se efectúen, etc. Lo anterior tendrá una especial incidencia en el aumento de las facultades fiscalizadoras del Estado respecto de estas empresas, particularmente en los que se refiere al pago de impuestos derivados de la explotación del giro social. Ello, si bien permitirá al Fisco aumentar el monto de su recaudación de impuestos, al mismo tiempo limitará la posibilidad de los emprendedores de acceder a regímenes de tributación más flexibles.

En definitiva, pensamos que este nuevo régimen de constitución de empresas es una buena alternativa, sin perjuicio de lo cual el emprendedor jamás debe olvidar que antes de tomar cualquier decisión en esta materia, debe consultar la opinión profesional de sus dos “ángeles guardianes”: un buen abogado y un buen contador.

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