¿Qué hago si me suben el plan de mi Isapre?

En los últimos meses han proliferado los reclamos judiciales en contra de las alzas unilaterales que las Isapres efectúan en los planes de salud de sus afiliados. Y creemos que eso tiene un justo motivo: el plan de salud de cada afiliado con su Isapre está regido por un contrato de salud, y como todo contrato, debe respetarse por quienes lo celebraron. En esta materia se aplica un principio básico del Derecho Civil, que dice que todo contrato legalmente celebrado es una ley para las partes contratantes y, por ende, sólo puede ser modificado por mutuo acuerdo. ¿Qué le diría usted al arrendador de la casa donde vive, o al colegio donde sus hijos estudian, si quisieran modificar el valor de la renta o de la colegiatura, respectivamente, argumentando “que han variado las condiciones de mercado”? ¿Los tomaría en serio? ¡Claro que no! Pues bien, lo que hacen las Isapres es precisamente justificar un alza unilateral en los costos de los planes de salud, aludiendo a un supuesto cambio en las condiciones de mercado.

La herramienta legal que usted tiene para protegerse de esta modificación unilateral a su plan de salud es el recurso de protección de garantías fundamentales. Este es un recurso de rápida tramitación, consagrado en la Constitución, y que puede ser interpuesto por cualquier persona. A continuación le daremos algunos consejos básicos para que la interposición de su recurso de protección tenga un resultado exitoso:

1.- Debe presentar este recurso en la Corte de Apelaciones más cercana a su domicilio: La Constitución y el “Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección” señalan específicamente que el afectado debe concurrir a la Corte de Apelaciones de su domicilio a presentar este recurso de protección.

2.- El plazo para presentar el recurso es de 30 días corridos: Este plazo se cuenta desde que usted recibe la denominada “carta de adecuación”, que es el documento por el cual la Isapre lo notifica del alza que pretende efectuar en su plan de salud. Por ello, es muy importante que no sólo guarde la carta de adecuación, sino además el sobre que la contiene. Sin perjuicio de lo señalado, la Corte Suprema ha ampliado este plazo, señalando que el lapso de 30 días se renueva una vez que se concreta el alza anunciada por la Isapre, lo que ocurre una vez que dicha institución envía al domicilio del afiliado el Formulario Único de Notificación (FUN). De esta manera, si no presentó el recurso de protección en el plazo original, deberá esperar que su Isapre le notifique del alza mediante el envío del FUN, reabriéndose desde ese momento el plazo de 30 días para reclamar.

3.- Debe acompañar la carta de adecuación y el sobre que la contiene: Tales documentos, como señalamos en el punto anterior, son fundamentales para acreditar que el recurso se ha interpuesto dentro del plazo legal exigido.

4.- El trámite es gratuito: Durante la tramitación del recurso de protección no incurrirá en ninguna clase de costos, existiendo un sinnúmero de estudios jurídicos que brindan asesoría gratuita en la materia, dado que sus honorarios son en definitiva pagados por las propias Isapres.

5.- No requiere del patrocinio de un abogado: Efectivamente, las normas constitucionales y legales que rigen esta materia señalan que éste es uno de los casos en los cuales no es necesario contratar un abogado para realizar el trámite judicial. Sin embargo, y como ya hemos dicho en otros artículos, recomendamos siempre contratar los servicios de un profesional, que podrá asesorarlo adecuadamente para que el recurso de protección tenga un resultado exitoso. Y, si como dijimos en el punto anterior, la inmensa mayoría de los abogados no le cobrará un peso por sus servicios, ¿por qué no contratar uno?

6.- El trámite demora aproximadamente 3 a 4 meses: La ley ha previsto que el recurso de protección se resuelva rápidamente. Ahora bien, dada la avalancha de recursos interpuestos en contra de las Isapres por esta materia, la carga de trabajo de los tribunales ha aumentado, por lo que en promedio entre la fecha de presentación del recurso de protección hasta la dictación de la sentencia definitiva transcurre un lapso aproximado de 3 a 4 meses.

2 comentarios en ¿Qué hago si me suben el plan de mi Isapre?

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